/ sábado 17 de octubre de 2020

Multan a edil de Chiapas por atacar a servidoras públicas

El alcalde, desaforado por el Congreso local, atacó a dos servidoras públicas

TUXTLA GUTIÉRREZ. El pleno del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) aprobó sancionar al presidente municipal de Pantelhó, Santos López, desaforado por el Congreso del Estado y detenido el 2 de agosto por violencia política de género cometidas contra las servidoras públicas Wendy Lorena N y Federica N.

El alcalde fue multado con 434 mil 400 pesos y obligado a pedir a las víctimas disculpas públicas, además de que fue inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género.

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El procedimiento especial sancionador sumario con número de expediente IEPC/PES/CG/CQD/Q/WLLG/01/2020 señala que es posible aplicar las sanciones aún cuando ya no está en funciones porque los delitos de amenazas, acoso, intimidación, violencia económica, violencia patrimonial, amenazas con armas de fuego e impedir que realizaran sus funciones en los cargos de coordinadora de Protección Civil y coordinadora de Seguridad Alimentaria el DIF municipal fueron cometidos durante el ejercicio de sus funciones y durante la denuncia ante la Fiscalía General del Estado.

De acuerdo con la consejera electoral María Magdalena Villa Domínguez, la sanción económica consiste en multa equivalente a cinco mil Unidades de Medidas y Actualización (UMA), disculpa pública en dos medios de comunicación impresos de mayor circulación en estado y medios electrónicos, como medida de reparación del daño a las denunciantes, la cual deberá realizar dentro de los tres días siguientes a que sea notificado.

Además, se vinculó a la Secretaría de Igualdad de Género a implementar el programa integral de capacitación y sensibilización a funcionarios Santos N fue postulado por el PRD para elecciones de 2018, contra quien el Tribunal Electoral estatal, Fiscalía General del Estado, Congreso local e Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana hallaron elementos probatorios de la denuncia en su contra, en términos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

TUXTLA GUTIÉRREZ. El pleno del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) aprobó sancionar al presidente municipal de Pantelhó, Santos López, desaforado por el Congreso del Estado y detenido el 2 de agosto por violencia política de género cometidas contra las servidoras públicas Wendy Lorena N y Federica N.

El alcalde fue multado con 434 mil 400 pesos y obligado a pedir a las víctimas disculpas públicas, además de que fue inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política en Razón de Género.

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El procedimiento especial sancionador sumario con número de expediente IEPC/PES/CG/CQD/Q/WLLG/01/2020 señala que es posible aplicar las sanciones aún cuando ya no está en funciones porque los delitos de amenazas, acoso, intimidación, violencia económica, violencia patrimonial, amenazas con armas de fuego e impedir que realizaran sus funciones en los cargos de coordinadora de Protección Civil y coordinadora de Seguridad Alimentaria el DIF municipal fueron cometidos durante el ejercicio de sus funciones y durante la denuncia ante la Fiscalía General del Estado.

De acuerdo con la consejera electoral María Magdalena Villa Domínguez, la sanción económica consiste en multa equivalente a cinco mil Unidades de Medidas y Actualización (UMA), disculpa pública en dos medios de comunicación impresos de mayor circulación en estado y medios electrónicos, como medida de reparación del daño a las denunciantes, la cual deberá realizar dentro de los tres días siguientes a que sea notificado.

Además, se vinculó a la Secretaría de Igualdad de Género a implementar el programa integral de capacitación y sensibilización a funcionarios Santos N fue postulado por el PRD para elecciones de 2018, contra quien el Tribunal Electoral estatal, Fiscalía General del Estado, Congreso local e Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana hallaron elementos probatorios de la denuncia en su contra, en términos de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales.

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