El uso de medios digitales se ha convertido en algo indispensable para nuestro quehacer diario en la actualidad; desgraciadamente, ello también ha dado pie a la aparición de delitos que se cometen desde este ámbito, por lo cual es importante estar informado al respecto para saber cómo actuar en caso de ser víctima de uno de ellos.
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De acuerdo con la Unidad de Investigación de Delitos Informáticos (UIDI), adscrita a la Fiscalía General del Estado (FGE), entre los principales delitos cibernéticos que se han incrementado en los últimos años destacan la sextorsión, ciberbullying, mobbing y grooming.
Entendiéndose por sextorsión el chantaje realizado por un agresor a partir de la posesión de contenido de índole sexual de la víctima, que utiliza para obtener dinero y/o el dominio de su voluntad, obligándola a sostener encuentros sexuales o a seguir enviándole contenido sexual a cambio de no exhibirla.
Mientras que el ciberbullying es el uso de herramientas digitales para molestar o incomodar a una persona; por su parte, el mobbing es la intimidación que se genera en las empresas, basada en una serie de conductas agresivas y hostigadoras.
Y el grooming se describe como el conjunto de prácticas y acciones llevadas a cabo por un adulto de forma deliberada para ganarse la confianza y amistad de un menor de edad, creando conexiones emocionales, con el fin de obtener contenido sexual.
Para evitar ser víctima de alguno de estos ilícitos, la UIDI enlista una serie de recomendaciones, como lo son aprender a cuidar la imagen pública, no distribuir ningún contenido que pueda ser perjudicial para alguien más, no acceder a chantajes, saber en qué personas confiar y ser asertivo, es decir, tener empatía y respeto hacia los demás.
¿Qué hago si soy víctima de un delito cibernético?
Si por algún motivo una persona llega a ser víctima de este tipo de conductas, puede realizar su reporte ante la FGE a través de su portal oficial (www.fiscaliatabasco.gob.mx), en donde habrá de seleccionar la sección Servicios en Línea, en el apartado Reporte de Incidente Cibernético y Números de Extorsión.
Al ingresar a dicha opción, aparecerá un formulario de reporte en el cual se pueden adjuntar un máximo de 5 archivos como evidencia. Es importante también dejar constancia de la URL o link de la página publicada donde se comete este ilícito, para el seguimiento técnico de la investigación.
¿Qué dice la ley al respecto?
De acuerdo a la ley, incurre en ciberbullying o mobing quien provoque o incite al odio o a la violencia física o psicológica, y puede alcanzar una pena de 6 meses a 2 años de prisión, y de 30 a 90 días de multa, según lo establece el Artículo 161 bis.
Con base en el Artículo 163 y 163 bis, las penas por violación a la intimidad personal o sexting, van de 6 meses a cinco años, y de 5 años respectivamente.
En tanto, la sextorsión se castiga con una condena de hasta cuatro años de prisión.