Publican Ley para eliminar pensiones a expresidentes en el Diario Oficial

La ley obliga a que ningún servidor Público perciba un sueldo superior al del Presidente de la República

El Sol de México Online

  · lunes 5 de noviembre de 2018

Foto: Cuartoscuro

El Congreso de la Unión publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se expide la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y se adiciona el Código Penal Federal.

Expresidentes dejarán de recibir pensiones

Con esta ley los ex presidentes de la República Mexicana dejarán de recibir las pensiones que se les venían entregando y obliga a que ningún servidor público perciba un sueldo superior al del Presidente de la República.


En la publicación se destaca que la presente ley tiene por objeto regular las remuneraciones que perciben los servidores públicos de los poderes de la Unión y todos los demás entes públicos federales incluidos aquellos dotados de autonomía constitucional.

Indica que todo servidor público debe recibir una remuneración adecuada e irrenunciable por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión, que es proporcional a sus responsabilidades.

No podrá cubrirse ninguna remuneración mediante el ejercicio de partidas cuyo objeto sea diferente en el presupuesto correspondiente, salvo el caso de que las transferencias se encuentren autorizadas en el propio presupuesto o en la ley aplicable.

La publicación destaca que “No forman parte de la remuneración los recursos que perciban los servidores públicos, en términos de ley, decreto legislativo, contrato colectivo o condiciones generales de trabajo, relacionados con jubilaciones, pensiones o haberes de retiro, liquidaciones por servicios prestados, préstamos o créditos, ni los servicios de seguridad que requieran los servidores públicos por razón del cargo desempeñado”.

También subraya que “Ningún servidor público recibe una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación”.

En el decreto se señala que este entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y que “Al momento de la entrada en vigor de la presente Ley quedan sin efectos todas las disposiciones contrarias a la misma”.

Con información de Notimex

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