La jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum, y el secretario de Relaciones Exteriores, Marcelo Ebrard, libraron por segunda ocasión sanciones por presuntos actos anticipados de precampaña y campaña, determinó esta tarde la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Al atender la instrucción de la Sala Superior, los magistrados de la Regional Especializada negaron por segunda ocasión las sanciones solicitadas por el PRI, contra el canciller y la mandataria local por su asistencia a los eventos proselitistas que organizó Morena en el Estado de México y Coahuila en junio pasado.
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Lo anterior porque, de acuerdo con la queja inicial del Revolucionario Institucional, la asistencia de Sheinbaum y Ebrard a dichos actos políticos les da una clara ventaja frente a los posibles candidatos de la oposición a dos años de que se celebre la elección presidencial de 2024, hecho que vulnera la equidad de la contienda.
En un primer momento, la Sala Regional negó que hubiera indicios de que alguno de los dos funcionarios haya cometido alguna violación al proceso electoral, porque apesar de haber asistido al menos a uno de dichos actos, ninguno de los dos hizo un llamado “inequívoco” para la atracción de votantes, ni se refirieron a otro partido de oposición.
Sin embargo, el pasado 3 de agosto, en un proyecto presentado por el magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, la Sala Superior echó para atrás los fallos previos de sus colegas en la Sala Regional, al argumentar que incurrieron en una falta de fundamentación, por lo que se les solicitó revisar el asunto de nuevo y argumentar bajo los lineamientos requeridos.
En este nuevo análisis, la Sala Regional concluyó que no fue posible acreditar las infracciones derivadas de los dichos y manifestaciones de Marcelo Ebrard y de Claudia Sheinbaum, dado que no se puede establecer su trascendencia e impacto real a la ciudadanía.
“No se emitieron expresiones que, de manera directa e inequívoca, ni mediante equivalencias funcionales, se tradujeran en la solicitud de apoyo a favor de los denunciados ni que solicitaran el voto o apoyo a su favor o que difundieran una plataforma electoral propia, además que aún no hay un registro formal de ellos o un proyecto de continuidad en el gobierno.
De tal manera, los magistrados resolvieron que las sanciones son inexistentes, por lo que, de nuevo, desecharon las quejas del PRI y ordenaron se diera conocimiento a la Sala Superior de la resolución.