/ domingo 17 de diciembre de 2017

Luchan contra la violencia de género laboral

La iniciativa, presentada el pasado 6 de diciembre, actualmente es analizada por las comisiones de Trabajo y Previsión Social y la de Estudios Legislativos del Senado de la República

Senadoras del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido Verde Ecologista (PVEM) propusieron reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para que la violencia de género cause la rescisión de contratos laborales a los agresores, que obligue a las empresas con más de 50 personas trabajadoras a tener protocolos de atención y que se homologue la definición con la de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).

La iniciativa, presentada el pasado 6 de diciembre, actualmente es analizada por las comisiones de Trabajo y Previsión Social y la de Estudios Legislativos del Senado de la República y contempla, en primer lugar, modificar el lenguaje de la LFT a uno “incluyente y no sexista”, es decir, cambiar la palabra “patrón” a “persona empleadora” y al término “trabajador” acompañarlo con el de “trabajadora”.

Las senadoras propusieron que la legislación incluya la definición de la violencia de género contemplada en el Artículo 5 de la LGAMVLV y se defina un protocolo para erradicar la violencia de género en el trabajo como un instrumento que indique el procedimiento a seguir en casos de violencia de género, las medidas preventivas de protección y reparación.

Lo anterior debido a que la ley solo incluye las definiciones de “hostigamiento” y “acoso sexual”, y en esta última no hace énfasis en que se trata de un tipo de violencia de género, afirmaron las funcionarias en la iniciativa consultada por esta agencia.

También propusieron añadir un capítulo al Título Tercero de la LFT  que contemple las características de protocolos de atención a casos de violencia de género, los cuales deberán tener las empresas con más de 50 personas trabajadoras y la encargada de crearlos y vigilar su aplicación sería la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Los protocolos, señalaron las senadoras, deberán contener medidas de protección para las víctimas de violencia de género tales como la reubicación del área de trabajo, el cambio de horario de trabajo o la restricción de actividades, pero, enfatizaron, no incluirán como consecuencias la disminución del salario o disminuir las condiciones de trabajo.

En cuanto a las medidas de reparación propuestas (como la indemnización y campañas de sensibilización), se obligaría a las personas empleadoras a adoptarlas en caso de provocar la violencia o con su inacción e indiferencia haber producido algún daño a la víctima.

Además, la legislación laboral actual incluye al acoso y hostigamiento sexual como causa de recisión del contrato de trabajo, pero las senadoras propusieron extender esta medida también en los casos de violencia de género, pues, afirmaron, la violencia sexual no es la única que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral por lo que aceptarlo derivaría en una “mayor protección para las personas trabajadoras”.

Senadoras del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y del Partido Verde Ecologista (PVEM) propusieron reformas a la Ley Federal del Trabajo (LFT) para que la violencia de género cause la rescisión de contratos laborales a los agresores, que obligue a las empresas con más de 50 personas trabajadoras a tener protocolos de atención y que se homologue la definición con la de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LGAMVLV).

La iniciativa, presentada el pasado 6 de diciembre, actualmente es analizada por las comisiones de Trabajo y Previsión Social y la de Estudios Legislativos del Senado de la República y contempla, en primer lugar, modificar el lenguaje de la LFT a uno “incluyente y no sexista”, es decir, cambiar la palabra “patrón” a “persona empleadora” y al término “trabajador” acompañarlo con el de “trabajadora”.

Las senadoras propusieron que la legislación incluya la definición de la violencia de género contemplada en el Artículo 5 de la LGAMVLV y se defina un protocolo para erradicar la violencia de género en el trabajo como un instrumento que indique el procedimiento a seguir en casos de violencia de género, las medidas preventivas de protección y reparación.

Lo anterior debido a que la ley solo incluye las definiciones de “hostigamiento” y “acoso sexual”, y en esta última no hace énfasis en que se trata de un tipo de violencia de género, afirmaron las funcionarias en la iniciativa consultada por esta agencia.

También propusieron añadir un capítulo al Título Tercero de la LFT  que contemple las características de protocolos de atención a casos de violencia de género, los cuales deberán tener las empresas con más de 50 personas trabajadoras y la encargada de crearlos y vigilar su aplicación sería la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

Los protocolos, señalaron las senadoras, deberán contener medidas de protección para las víctimas de violencia de género tales como la reubicación del área de trabajo, el cambio de horario de trabajo o la restricción de actividades, pero, enfatizaron, no incluirán como consecuencias la disminución del salario o disminuir las condiciones de trabajo.

En cuanto a las medidas de reparación propuestas (como la indemnización y campañas de sensibilización), se obligaría a las personas empleadoras a adoptarlas en caso de provocar la violencia o con su inacción e indiferencia haber producido algún daño a la víctima.

Además, la legislación laboral actual incluye al acoso y hostigamiento sexual como causa de recisión del contrato de trabajo, pero las senadoras propusieron extender esta medida también en los casos de violencia de género, pues, afirmaron, la violencia sexual no es la única que enfrentan las mujeres en el ámbito laboral por lo que aceptarlo derivaría en una “mayor protección para las personas trabajadoras”.

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