La titular del Servicio de Administración Tributaria (SAT), Raquel Buenrostro aclaró que el organismo nunca solicitó a empresas y personas asalariadas la expedición de la Constancia de Situación Fiscal, ni fue condicionante para el pago de nómina.
Lo anterior fue dado a conocer durante la rueda de prensa matutina quien señaló que el trámite fue solicitado por las empresas para precisar el código postal de sus empleados.
“El SAT nunca pidió la Constancia de Situación Fiscal, no es un requisito del SAT”.
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Asegura que la confusión se dio debido a que históricamente cada que se emite una factura, lo único que se necesitaba es el RFC en el SAT y a partir de este año se hizo una modificación a la miscelánea fiscal donde se decía que además del RFC se tenía que verificar el nombre, la razón social y el código postal.
Sin embargo, muchos desconocen el código postal que está dado de alta ante el SAT, y el único documento ante el SAT que posee esa información, es la Constancia de Situación Fiscal.
Gerentes de Recursos Humanos fueron los que condicionaron
La funcionaria señaló que debido a que la mayoría de las personas con sueldos y salarios no conocen su código postal registrado en la agencia recaudadora, por eso los gerentes de recursos humanos de empresas “mandaron a conseguir el dato”.
Precisó que como el cumplimiento de esta información fue dejado para lo último, al estar ya cerca la fecha límite de entrega, que era el 1 de julio, comenzaron a condicionar a los trabajadores.
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“En mayo comenzaron a llegar las solicitudes de constancias, lo dejaron hasta el final y los patrones comenzaron a presionar a los trabajadores para condicionarles el pago”.
Reiteró que el SAT nunca pidió el documento, la factura y el timbrado de nómina, sólo tiene que tener el Código Postal y el nombre correcto del trabajador.
“Si tienen el nombre correcto y el código postal el patrón no tiene porqué hacer exigible la Constancia de Situación Fiscal para timbrar la nómina y que una cosa es la materia fiscal y otra la materia laboral.
De igual forma, enfatizó que ningún patrón puede condicionar el pago de un trabajo ya devengado por un trámite administrativo de ningún tipo.