/ jueves 17 de junio de 2021

Vuelve Tabasco a ser fértil... A maternidad subrogada

La SCJN abrió nuevamente las puertas de la entidad a las empresas que lucran con la reproducción humana asistida

Con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre maternidad subrogada, que permite a los extranjeros contratar mujeres para reproducción asistida en la entidad, Tabasco regresará a ser el "paraíso" de comercio de bebés y trata de mujeres que fue en el pasado.

De acuerdo con el abogado especialista en el tema, Javier Ramos, al invalidar la Corte el candado que estableció que solo los ciudadanos mexicanos podían acceder a esta figura jurídica, volverá el "mercantilismo de vientres y producción al por mayor de niños como si fuera una granja".

Foto: Cortesía | consalud.es

Si bien la maternidad subrogada se había mantenido contenida en Tabasco en los últimos 5 años, con las recientes resoluciones de la sala se abre paso a un nuevo "boom" de esta práctica en el estado.

En tanto que hay grupos que la condenan, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de la Larrea, manifestó que lo más conveniente es regular tanto la gestación subrogada con fines de lucro como la altruista, pues prohibir la primera no llevaría a su desaparición sino a la clandestinidad.

Apenas la semana pasada, los ministros del máximo órgano jurisdiccional del país comenzaron una serie de discusiones para resolver la acción de inconstitucionalidad promovida en 2016 por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) contra una reforma al Código Civil de la entidad que agregó un título en esta materia justamente para regularla.

Foto: Cortesía | consalud.es

El tema de la maternidad subrogada aparece en el artículo 380 BIS de este código, pero varios de sus preceptos fueron invalidados por la SCJN, que también resolvió un amparo promovido por una empresa privada (Fertility Center Tabasco), lo que abre más posibilidades comerciales para la reproducción humana asistida.

Para el abogado tabasqueño Miguel Alberto Romero Pérez, el tema puede ser visto desde dos puntos de vista, siendo la parte positiva que la reforma realizada en el período de Arturo Núñez Jiménez, si bien adolece de vicios de inconstitucionalidad, da la pauta para que se celebren estos contratos en Tabasco.

"La parte negativa es que se considera el nacimiento de un niño como un acto de comercio", expresó.

Entre otras cosas, la SCJN no sólo da legalidad al alquiler de vientres, sino que determinó que la madre gestante puede reclamar paternidad en caso de fallecimiento de los padres contratantes. Además de que considera válido cobrar por estos servicios y reclamar derecho a la salud.

El registro civil tiene la obligación de registrar a esos niños y reconocer a los padres contratantes. Más importante aún es que los extranjeros pueden venir a Tabasco y buscar vientres de alquiler, y esto no está limitado a familias homoparentales.

Foto: Cortesía | consalud.es

El escándalo que se hizo en 2016, cuando se acusó venta de niños, ahora es aplastado por la opinión de los ministros, quienes incluso llamaron al Congreso mexicano a regular el tema en todo el país, pues actualmente sólo se contempla en las legislaciones de Tabasco y Sonora.

Es así que se extienden las oportunidades para las empresas que quieran dedicarse a esto, brindando asesoría, gestión, revisión de contratos o buscando a las madres sustitutas.

Sin embargo, el jurista Javier Ramos insiste en que hay serias razones por las que en países de Europa está prohibido lo que hoy se oferta en México.

Destacó que el artículo 6 de la Convención Americana establece la prohibición absoluta e inderogable de la esclavitud, la servidumbre, la trata de mujeres y esclavos en todas sus formas, por lo que la SCJN parece ir en contra de esos preceptos.

Lo que se venía dando en Tabasco hasta antes de la reforma era precisamente una trata de mujeres tabasqueñas, que por cualquier tipo de necesidad tenían que someterse a este tipo de inseminación para vender el fruto de su vientre

Añadió que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recientemente respaldó la decisión de Islandia que negó el reconocimiento de los vientres de alquiler en el caso de una pareja homoparental que pretendía registrar en aquel país a un niño nacido bajo esa modalidad en Estados Unidos.

Foto: Cortesía | consalud.es


Y sin embargo, mientras en otras naciones no se permiten estos contratos, en México se "privilegia" el lado mercantil, sin tomar en cuenta los derechos de los niños y los de las mujeres, insistió.

CONGRESO REVISARÁ EL TEMA

Para la presidenta de la Comisión de Salud del Congreso del Estado, Cristina Guzmán Fuentes, se trata de un tema muy delicado, pero es algo que ya dictaminó la SCJN y habrá que acatarlo.

"Es un tema muy delicado, sobre todo porque es una cuestión de vida y se tiene que ver qué destino tendrá ese ser, lo que conlleva todo el proceso", expuso al señalar que moralmente los seres humanos no se pueden lanzar a un fin desconocido.

Entonces -prosiguió- en esas modificaciones que hizo la Suprema Corte tenemos que acatar, pero en beneficio de la sociedad. "Cualquier tipo de pareja tiene derecho a ello, pero que hay que cuidar esa vida que se da a través de un vientre subrogado", añadió.

Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Luis Ernesto Ortiz Catalá, no descartó que la actual legislatura realice las modificaciones correspondientes al Código Civil.

DATOS:

  • La maternidad subrogada actualmente sólo está contemplada en Tabasco y Sonora
  • La SCJN no sólo da legalidad al alquiler de vientres, sino que determinó que la madre gestante puede reclamar paternidad en caso de fallecimiento de los padres contratantes

Con la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre maternidad subrogada, que permite a los extranjeros contratar mujeres para reproducción asistida en la entidad, Tabasco regresará a ser el "paraíso" de comercio de bebés y trata de mujeres que fue en el pasado.

De acuerdo con el abogado especialista en el tema, Javier Ramos, al invalidar la Corte el candado que estableció que solo los ciudadanos mexicanos podían acceder a esta figura jurídica, volverá el "mercantilismo de vientres y producción al por mayor de niños como si fuera una granja".

Foto: Cortesía | consalud.es

Si bien la maternidad subrogada se había mantenido contenida en Tabasco en los últimos 5 años, con las recientes resoluciones de la sala se abre paso a un nuevo "boom" de esta práctica en el estado.

En tanto que hay grupos que la condenan, el presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar Lelo de la Larrea, manifestó que lo más conveniente es regular tanto la gestación subrogada con fines de lucro como la altruista, pues prohibir la primera no llevaría a su desaparición sino a la clandestinidad.

Apenas la semana pasada, los ministros del máximo órgano jurisdiccional del país comenzaron una serie de discusiones para resolver la acción de inconstitucionalidad promovida en 2016 por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) contra una reforma al Código Civil de la entidad que agregó un título en esta materia justamente para regularla.

Foto: Cortesía | consalud.es

El tema de la maternidad subrogada aparece en el artículo 380 BIS de este código, pero varios de sus preceptos fueron invalidados por la SCJN, que también resolvió un amparo promovido por una empresa privada (Fertility Center Tabasco), lo que abre más posibilidades comerciales para la reproducción humana asistida.

Para el abogado tabasqueño Miguel Alberto Romero Pérez, el tema puede ser visto desde dos puntos de vista, siendo la parte positiva que la reforma realizada en el período de Arturo Núñez Jiménez, si bien adolece de vicios de inconstitucionalidad, da la pauta para que se celebren estos contratos en Tabasco.

"La parte negativa es que se considera el nacimiento de un niño como un acto de comercio", expresó.

Entre otras cosas, la SCJN no sólo da legalidad al alquiler de vientres, sino que determinó que la madre gestante puede reclamar paternidad en caso de fallecimiento de los padres contratantes. Además de que considera válido cobrar por estos servicios y reclamar derecho a la salud.

El registro civil tiene la obligación de registrar a esos niños y reconocer a los padres contratantes. Más importante aún es que los extranjeros pueden venir a Tabasco y buscar vientres de alquiler, y esto no está limitado a familias homoparentales.

Foto: Cortesía | consalud.es

El escándalo que se hizo en 2016, cuando se acusó venta de niños, ahora es aplastado por la opinión de los ministros, quienes incluso llamaron al Congreso mexicano a regular el tema en todo el país, pues actualmente sólo se contempla en las legislaciones de Tabasco y Sonora.

Es así que se extienden las oportunidades para las empresas que quieran dedicarse a esto, brindando asesoría, gestión, revisión de contratos o buscando a las madres sustitutas.

Sin embargo, el jurista Javier Ramos insiste en que hay serias razones por las que en países de Europa está prohibido lo que hoy se oferta en México.

Destacó que el artículo 6 de la Convención Americana establece la prohibición absoluta e inderogable de la esclavitud, la servidumbre, la trata de mujeres y esclavos en todas sus formas, por lo que la SCJN parece ir en contra de esos preceptos.

Lo que se venía dando en Tabasco hasta antes de la reforma era precisamente una trata de mujeres tabasqueñas, que por cualquier tipo de necesidad tenían que someterse a este tipo de inseminación para vender el fruto de su vientre

Añadió que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos recientemente respaldó la decisión de Islandia que negó el reconocimiento de los vientres de alquiler en el caso de una pareja homoparental que pretendía registrar en aquel país a un niño nacido bajo esa modalidad en Estados Unidos.

Foto: Cortesía | consalud.es


Y sin embargo, mientras en otras naciones no se permiten estos contratos, en México se "privilegia" el lado mercantil, sin tomar en cuenta los derechos de los niños y los de las mujeres, insistió.

CONGRESO REVISARÁ EL TEMA

Para la presidenta de la Comisión de Salud del Congreso del Estado, Cristina Guzmán Fuentes, se trata de un tema muy delicado, pero es algo que ya dictaminó la SCJN y habrá que acatarlo.

"Es un tema muy delicado, sobre todo porque es una cuestión de vida y se tiene que ver qué destino tendrá ese ser, lo que conlleva todo el proceso", expuso al señalar que moralmente los seres humanos no se pueden lanzar a un fin desconocido.

Entonces -prosiguió- en esas modificaciones que hizo la Suprema Corte tenemos que acatar, pero en beneficio de la sociedad. "Cualquier tipo de pareja tiene derecho a ello, pero que hay que cuidar esa vida que se da a través de un vientre subrogado", añadió.

Por su parte, el presidente de la Junta de Coordinación Política, Luis Ernesto Ortiz Catalá, no descartó que la actual legislatura realice las modificaciones correspondientes al Código Civil.

DATOS:

  • La maternidad subrogada actualmente sólo está contemplada en Tabasco y Sonora
  • La SCJN no sólo da legalidad al alquiler de vientres, sino que determinó que la madre gestante puede reclamar paternidad en caso de fallecimiento de los padres contratantes

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