Con la finalidad de prohibir el nepotismo en los tres poderes del Estado de Tabasco, en los 17 municipios, en los órganos constitucionalmente autónomos y en los demás entes públicos, el coordinador parlamentario del PRI, Gerald Washington Herrera Castellanos, presentó en el pleno cameral una iniciativa de reforma a la Constitución local.
"Derivado de que tanto en el ámbito estatal como en el nacional se han denunciado diversos casos en que los altos funcionarios o personas con cargos de elección popular, contratan a familiares por consanguinidad o por afinidad para trabajar en los entes públicos a su cargo o del que forman parte como representantes populares", apuntó.
Dijo que la propuesta busca sentar las bases a fin de que en las diversas leyes se reglamente lo conducente conforme a la naturaleza de cada órgano.
Destacó que hasta ahora sólo la Ley Orgánica de los Municipios en el artículo 34, fracción IV, establece que los ayuntamientos están impedidos para conceder empleos en la administración municipal a los miembros de los propios ayuntamientos, a sus cónyuges, parientes consanguíneos o por afinidad en línea recta y parientes en línea colateral hasta el segundo grado.
Sin embargo, la prohibición no comprende a los titulares de las dependencias y entidades de la propia administración
Añadió que dicha propuesta se formula también, porque "coincidimos en que la corrupción debe ser erradicada y el nepotismo es un fenómeno que incide en ella y la fomenta, propiciando que el poder político y los espacios de la administración públicos, en algunos casos, sean manejados como propiedad de sólo algunas familias de personas privilegiadas por quienes en ese momento ostentan el poder".
En ese contexto propone establecer en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, la prohibición general de que los servidores públicos realicen nombramientos, promociones en beneficio de sus cónyuges o de personas con las que tengan un parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado.
"Queda prohibido a los Servidores Públicos realizar contrataciones, otorgar nombramientos, promociones o ratificaciones en beneficio de sus cónyuges o de personas con las que tengan un parentesco consanguíneo o por afinidad hasta el cuarto grado o de terceras personas con las que guarden cualquier tipo de relación profesional, laboral o de negocios".