Hoy un delegado municipal impuesto por dedazo no es más que un empleado del ayuntamiento, señala en un documento la Comisión de Derechos Humanos de Tabasco (Codehutab), que está dirigido al gobierno del Estado de Tabasco, a presidentes y presidentas municipales, a la Cámara de Diputados, medios de comunicación y ciudadanía en general.
El texto se refiere a la situación política que actualmente vive la entidad con la designación de delegados, a la que el organismo califica como una imposición sustentada en la reforma a la Ley Orgánica de los municipios, que ahora se conoce como ‘Ley dedazo’. Agrega que se le quitó a los habitantes de las comunidades el derecho de elegir libremente a sus representantes.
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Una libertad que viene de tiempos ancestrales y con la que elegían a quienes eran del lugar, y el que ocupaba cargo no necesitaba andar con escoltas, como lo hacen el gobernador, diputados y presidentes municipales, señala el escrito.
¿Delgados justificarán las acciones de los gobiernos municipales?
Añade: “Un delegado municipal electo por el pueblo, es el que los representa y gestiona ante el ayuntamiento las necesidades de la comunidad”. Las líneas prosiguen con otro señalamiento, el de que estas personas ahora sólo van a justificar la falta de atención de las administraciones locales.
La función que harán es obedecer a los gobiernos municipales, “favoreciendo la falta de atención y negligencia”. Mientras que a los gestores sociales que fueron elegidos en estas poblaciones por la ciudadanía se les ignora, pese a la insistencia de ellos.
¿En qué fecha entró en vigor la Ley Dedazo?
El organismo defensor de los derechos humanos señala al exgobernador Adán Augusto López Hernández, hoy secretario de Gobernación, como el que inicio esta ‘reforma’, y que fue aprobada por el Congreso del Estado, entrando en vigor el 22 de julio de 2021.
La iniciativa contemplaba que el cabildo era quien elegiría a estos líderes, resultando un atentado contra la democracia, se puede leer en una parte del comunicado.
Además, el organismo autónomo indica que es un atentado contra la democracia, ya que la reforma violó la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que reconoce el derecho de los pueblos indígenas al respeto de sus usos y costumbres y a la libre determinación.
Ante tal situación, el Codehutab exige que los pueblos y comunidades sigan conservando el derecho de elegir libremente a sus delegados mediante el voto popular, y al poder ejecutivo y legislativo estatal frenar el avasallamiento contra la democracia.
Finalmente, de los enfrentamientos que puedan suscitarse en los pueblos y comunidades será responsabilidad de las autoridades del estado, por aprobar leyes contrarias a la Constitución y los tratados internacionales.