Este sábado, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco (TET), que validó la resolución emitida por el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), respecto a la infracción contra el dirigente estatal del Partido Revolucionario Institucional (PRI), Dagoberto Lara Sedas.
Esto por contravenir el principio del interés superior de la niñez, al realizar una publicación en sus cuentas de redes sociales donde se expuso a tres menores de edad.
Debido a ello, los magistrados acordaron que sí se acreditaron las circunstancias de tiempo, modo y lugar, a partir de las cuales se estableció que dicha publicación, implicó una violación a la normativa electoral, al no tener por acreditado que se hubiese solicitado el permiso correspondiente para que se pudiera exhibir la imagen de los tres menores.
En ese sentido, el magistrado presidente de la Sala Regional Xalapa y ponente de este proyecto, Enrique Figueroa Ávila, apuntó que la infracción aplicada al líder estatal priista se sujetó a los parámetros establecidos, a fin de privilegiar y salvaguardar el interés superior de la niñez.
Cabe señalar que en su momento el organismo electoral local aprobó una sanción de 4 mil 481 pesos al PRI Tabasco, y de 7 mil 169 pesos para su dirigente estatal, lo cual fue impugnado y por eso recayó en la sala Regional Xalapa.