El gobernador Carlos Manuel Merino Campos emitió un decreto este sábado en el que se establece que Tabasco transitará a semáforo verde de COVID-19 a partir del lunes 21 de febrero.
Además de marcar un aforo del 75 por ciento para todos los establecimientos y espacios públicos y privados, así como eventos masivos, en el documento se elimina cualquier restricción de horario.
Por ello también se ordena a la Secretaría de Finanzas ajustar los horarios permitidos para la venta de alcohol, mientras que la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana tendrá que vigilar el cumplimiento del decreto.
De igual manera se señala que los comercios deberán instalar filtros sanitarios y el uso de mascarilla o cubrebocas es obligatorio para los ciudadanos, incluidos choferes del transporte público.
"La autoridad sanitaria estatal determinó transitar a semáforo verde, reestructurando medidas y acciones que permitan la reapertura de nuevas actividades, privilegiando en todo momento el derecho de protección a la salud, garantizado por los artículos 4 párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 2 párrafo quinto fracción XXX de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco", se destaca.
Los establecimientos de abasto y suministro de alimentos y artículos de primera necesidad como abarroteras, supermercados, tiendas de autoservicio, de conveniencia, abarrotes, central de abasto, mercados, tortillerías, panaderías y venta de mayoreo de envases, empaques e insumos para el sector alimenticio (servicio a domicilio) y demás de similar naturaleza, podrán operar al 75 por ciento de su capacidad de atención al público.
Los negocios de alimentos preparados: restaurantes, cocinas económicas, fondas, empresas que elaboran alimentos y demás de similar naturaleza, también al 75 por ciento de su capacidad, con un máximo de 10 comensales por mesa, de lunes a domingo en sus horarios habituales de apertura y cierre.
La industria de hospedaje como hoteles y moteles, operarán con un límite de ocupación de hasta el 75 por ciento y las áreas comunes con aforo reducido al 75 por ciento.
Las plazas y centros comerciales, operarán al 75 por ciento de su capacidad, de lunes a domingo en sus horarios normales de apertura y cierre.
Por su parte, los museos y sitios turísticos, incluyendo zonas arqueológicas y demás de similar naturaleza, operarán al 75 por ciento de su capacidad de atención al público en espacios abiertos y cerrados.
Los cines y teatros al 75 por ciento de su capacidad, de lunes a domingo en sus horarios habituales, programando sus funciones de forma escalonada.
Los gimnasios podrán funcionar al 75 por ciento de su capacidad en espacios cerrados, y sin restricción en lugares abiertos, de lunes a domingo en sus horarios habituales.
Los espacios de deporte y recreación como clubes, centros, canchas y unidades deportivas, zoológicos, jardines, parques, plazas públicas y demás de similar naturaleza, podrán operar al 75 por ciento de su capacidad de atención al público en espacios cerrados y abiertos.
Los estadios deportivos operarán al 75 por ciento de su capacidad de atención al público, mientras que las albercas recreativas y demás de similar naturaleza, también al 75 por ciento de su capacidad, de lunes a domingo en sus horarios habituales de apertura y cierre.
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Los establecimientos de entretenimiento como casinos y demás de similar naturaleza podrán operar al 75 por ciento de su capacidad de atención, de lunes a domingos en sus horarios habituales de apertura y cierre.
Mientras que los centros religiosos, bares, establecimientos nocturnos, de espectáculos, circos y entretenimientos de carpa y demás de similar naturaleza operarán al 75 por ciento de su capacidad de atención al público, de lunes a domingos en sus horarios habituales de apertura y cierre.
Además, se autoriza la realización de eventos masivos como conciertos, desfiles, actividades científicas, culturales y deportivas, con aforo hasta el 75 por ciento en espacios cerrados, y sin restricción en lugares abiertos siempre y cuando se garantice la sana distancia
Asimismo, se permitirá el funcionamiento de salones y recintos destinados a la realización de fiestas o eventos, incluyendo los que se encuentran dentro de los hoteles, los cuales podrán operar previa validación de sus protocolos por la Secretaría de Salud estatal, al 75 por ciento de su capacidad.