/ lunes 14 de diciembre de 2020

Suspendidos 90 días comercios que no acaten restricciones en Tabasco

La penalidad económica para quienes violen las nuevas disposiciones en venta y consumo de alcohol, iría de 86 mil 880 pesos a los 173 mil 760 pesos, advirtió Finanzas

Multas que van de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como la suspensión preventiva de la actividad comercial de los inmuebles por un plazo de 90 días, y en su caso, la revocación de la licencia de funcionamiento, advirtió la Secretaría de Finanzas son las sanciones que serán aplicadas a los establecimientos que infrinjan los nuevos horarios para venta y consumo de bebidas alcohólicas en Tabasco.

La dependencia emitió la tarde de este lunes, el Acuerdo por el que se emiten disposiciones complementarias al Decreto expedido por el gobernador Adán Augusto López Hernández, el cual establece medidas y acciones extraordinarias de inmediata ejecución para frenar los contagios de Covid-19 y evitar un rebrote que ponga en riesgo la salud de los tabasqueños y la reactivación gradual de la economía estatal.

En apego a lo ordenado a la Secretaría de Finanzas para que, por razones de interés público y social, restrinja los horarios de venta y consumo de bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes, a partir de este 14 de diciembre y hasta nuevo aviso, toda aquella negociación que no acate las nuevas medidas, será sancionada en los términos que establece la Ley que Regula la Venta, Distribución y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado.

Las sanciones tomarán en cuenta el valor diario de la UMA, que en este momento asciende a 86.88 pesos, por lo que la penalidad económica para quienes violen las nuevas disposiciones, iría de 86 mil 880 pesos a los 173 mil 760 pesos.

La vigilancia del cumplimiento de las medidas estará a cargo de la Dirección de Licencias e Inspecciones de la Secretaría de Finanzas, la cual contará con el apoyo de autoridades federales, estatales y municipales, en su respectivo ámbito de competencia.

El documento firmado por el titular de la institución, Said Arminio Mena Oropeza, establece que en aras de contribuir a la mitigación de la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), desde este lunes se reduce el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, ya sea en envase abierto o cerrado.

DETERMINAN CIERRE A LAS 5 PM

De acuerdo con las nuevas disposiciones, los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento en la modalidad de abarrotes, expendio y ultramarinos, sólo estarán autorizados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envase cerrado en horario de 11 de la mañana a 5 de la tarde, de lunes a sábado.

En tanto que los inmuebles que cuenten con licencia de funcionamiento en la modalidad de centro comercial, mini súper, supermercado y tienda de conveniencia, podrán comercializar bebidas alcohólicas en horario de 11 de la mañana a 5 de la tarde, pero de lunes a domingo.

Por lo que toca a giros que cuentan con licencia en la modalidad de hoteles (con excepción de moteles) y restaurantes (salvo restaurante-bar), podrán vender en envase abierto de lunes a sábado, en horario de 11 de la mañana a 7 de la noche, mientras que los domingos podrán abrir a las 11 de la mañana, pero suspenderán la venta a las 5 de la tarde.

La Secretaría de Finanzas advirtió que la venta y consumo de bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes deberá estar acompañada obligatoriamente de alimentos, y notificó que este tipo de inmuebles sólo podrá operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia.

Puntualizó que los giros que cuentan con licencia en la modalidad de bar, bar con presentación de espectáculos, casinos, club deportivo, centro de espectáculos, desarrollo turístico y recreativo, discoteca, fábrica de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, moteles, inmuebles construidos o habilitados para feria y salón de bailes en forma eventual, deberán continua con suspensión de venta de este tipo de bebidas.

Multas que van de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), así como la suspensión preventiva de la actividad comercial de los inmuebles por un plazo de 90 días, y en su caso, la revocación de la licencia de funcionamiento, advirtió la Secretaría de Finanzas son las sanciones que serán aplicadas a los establecimientos que infrinjan los nuevos horarios para venta y consumo de bebidas alcohólicas en Tabasco.

La dependencia emitió la tarde de este lunes, el Acuerdo por el que se emiten disposiciones complementarias al Decreto expedido por el gobernador Adán Augusto López Hernández, el cual establece medidas y acciones extraordinarias de inmediata ejecución para frenar los contagios de Covid-19 y evitar un rebrote que ponga en riesgo la salud de los tabasqueños y la reactivación gradual de la economía estatal.

En apego a lo ordenado a la Secretaría de Finanzas para que, por razones de interés público y social, restrinja los horarios de venta y consumo de bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes, a partir de este 14 de diciembre y hasta nuevo aviso, toda aquella negociación que no acate las nuevas medidas, será sancionada en los términos que establece la Ley que Regula la Venta, Distribución y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado.

Las sanciones tomarán en cuenta el valor diario de la UMA, que en este momento asciende a 86.88 pesos, por lo que la penalidad económica para quienes violen las nuevas disposiciones, iría de 86 mil 880 pesos a los 173 mil 760 pesos.

La vigilancia del cumplimiento de las medidas estará a cargo de la Dirección de Licencias e Inspecciones de la Secretaría de Finanzas, la cual contará con el apoyo de autoridades federales, estatales y municipales, en su respectivo ámbito de competencia.

El documento firmado por el titular de la institución, Said Arminio Mena Oropeza, establece que en aras de contribuir a la mitigación de la dispersión y transmisión del virus SARS-CoV-2 (COVID-19), desde este lunes se reduce el horario para la venta y consumo de bebidas alcohólicas, ya sea en envase abierto o cerrado.

DETERMINAN CIERRE A LAS 5 PM

De acuerdo con las nuevas disposiciones, los establecimientos que cuenten con licencia de funcionamiento en la modalidad de abarrotes, expendio y ultramarinos, sólo estarán autorizados a la venta y consumo de bebidas alcohólicas en envase cerrado en horario de 11 de la mañana a 5 de la tarde, de lunes a sábado.

En tanto que los inmuebles que cuenten con licencia de funcionamiento en la modalidad de centro comercial, mini súper, supermercado y tienda de conveniencia, podrán comercializar bebidas alcohólicas en horario de 11 de la mañana a 5 de la tarde, pero de lunes a domingo.

Por lo que toca a giros que cuentan con licencia en la modalidad de hoteles (con excepción de moteles) y restaurantes (salvo restaurante-bar), podrán vender en envase abierto de lunes a sábado, en horario de 11 de la mañana a 7 de la noche, mientras que los domingos podrán abrir a las 11 de la mañana, pero suspenderán la venta a las 5 de la tarde.

La Secretaría de Finanzas advirtió que la venta y consumo de bebidas alcohólicas en hoteles y restaurantes deberá estar acompañada obligatoriamente de alimentos, y notificó que este tipo de inmuebles sólo podrá operar al 50 por ciento de su capacidad de atención al público, siempre que se garantice la sana distancia.

Puntualizó que los giros que cuentan con licencia en la modalidad de bar, bar con presentación de espectáculos, casinos, club deportivo, centro de espectáculos, desarrollo turístico y recreativo, discoteca, fábrica de bebidas alcohólicas, restaurante-bar, moteles, inmuebles construidos o habilitados para feria y salón de bailes en forma eventual, deberán continua con suspensión de venta de este tipo de bebidas.

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