Se quedará el Tribunal Electoral de Tabasco sin un Magistrado

El plazo de cinco años por el que fue electo el actual presidente Jorge Montaño Ventura vence el próximo 2 de octubre

Fernando Hernández

  · domingo 22 de septiembre de 2019

Jorge Montaño Ventura fue elegido por el Senado de la República el 2 de octubre del 2014. Foto: Iván Sánchez

"Mocho" se quedará el Tribunal Electoral de Tabasco (TET), a partir del miércoles dos de octubre que se vence el plazo de cinco años por el que fue electo Jorge Montaño Ventura como magistrado y quién por cierto actualmente es el presidente de ese órgano electoral.

El Senado de la República en los próximos días deberá emitir una Convocatoria correspondiente, para elegir a los nuevos magistrados del país que ocuparon las plazas que quedarán vacantes, entre ellas la del TET.

Fue el jueves 2 de octubre de 2014 cuando el Senado de la República lo eligió y el 6 del mismo mes y año le tomó protesta. De tal forma que será el próximo dos octubre cunado Montaño Ventura dejé el cargo de magistrado en el TET.

El pleno de encuentra integrado por los magistrados Yolidabey Alvarado de la Cruz y Rigoberto Riley Mata.

Hasta el momento no se sabe si Montaño Ventura buscará reelegirse en el cargo ya que legalmente no están impedidos, es decir que una vez que salga la Convocatoria puede registrarse para participar.

Se espera que una vez que se emita la Convocatoria por parte del Senado, muchos tabasqueños interesados se inscribirán para participar en el proceso de selección.

El pleno del TET debe estar completo antes de que finalice el año pues en septiembre el 2021 iniciará el proceso electoral para elegir alcaldes y diputados locales.

Desde octubre de 2014, con una nueva conformación del Pleno del Tribunal Electoral de Tabasco, electos por el Senado de la República, se busca consolidar la autonomía del mismo.

En estos primeros años de operación del nuevo esquema jurisdiccional electoral, el objetivo principal de los magistrados electorales, es invariablemente preservar la constitucionalidad y legalidad de los actos o resoluciones de autoridad electoral, de la jornada y de los procesos electorales, del derecho de asociación política y de los derechos políticos electorales, entre otros.