El Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) dio revés a la sentencia por la que se reinstaló a Blanca Eni Moreno Roa y ordenó su destitución de la Dirección de Organización Electoral y Educación Cívica del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT).
De esta forma el TJA avaló la decisión que había tomado con anterioridad la Contraloría Interna del organismo de separar del cargo a la funcionaria.
Hace unos meses, el órgano de control interno a cargo de Gabriela Tello Maglioni determinó la destitución de Moreno Roa por considerarla responsable del error en la impresión de más de 700 mil boletas en el pasado proceso electoral.
Te puede interesar: Minimiza IEPCT carta de gobernadores de Morena sobre piso parejo a ‘corcholatas’
¿Cuánto costó al erario las boletas mal impresas?
Cabe recordar que está "pifia" garrafal costó al instituto un daño al erario de 865 mil 774 pesos.
Por tal motivo, el Tribunal encontró válidos los argumentos expuestos por la Contraloría del órgano electoral local, pues la presencia de Blanca Eni Moreno sí pone en riesgo las elecciones de 2024.
Recibe a partir de ahora las noticias más importantes directo a tu WhatsApp
Su reinstalación, entre otras cosas, fue una de las causas por las que la representación electoral del PRD abandonó por varias semanas la mesa de trabajos del Consejo Estatal.
Sin embargo, hace unos días el dirigente estatal perredista, Francisco Javier Cabrera Sandoval anunció su regreso, al tiempo que advirtió que estará vigilante de la actuación del árbitro electoral.
Magistrados determinaron la responsabilidad de Blanca Eni
Los magistrados determinaron que la funcionario tenía responsabilidad en este asunto, por lo que tendrá que separarse del cargo nuevamente. El documento donde se señala la revocación de la sentencia indica lo siguiente:
Lee más: Javier May el primer demandado del PRD por actos anticipados de campaña en Tabasco (Video)
“Se revoca parcialmente el auto de treinta de septiembre de dos mil veintidós, dictado en el expediente 51/2022-S-E, en la parte que se concedió la suspensión de la ejecución del acto impugnado, únicamente para el efecto de que las autoridades se abstuvieran de ejecutar a la acción impuesta a la autora…”, señala el texto.
Prosigue con la decisión tomada: “… consistente en la destitución de su cargo que ostentaba como titular de la Organización de la Dirección Electoral y Educación Cívica del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.”.