Con la finalidad de incrementar los niveles de recaudación, y para mitigar el impacto de la emergencia sanitaria, el gobierno estatal a través de la Secretaría de Finanzas publicó este fin de semana una resolución de carácter general, por la cual se determinan los estímulos fiscales que se otorgarán de septiembre a diciembre del presente año.
Esto en el refrendo anual de la licencia de funcionamiento para la venta, distribución y consumo de bebidas alcohólicas, para el ejercicio fiscal 2023.
De acuerdo al documento, los estímulos fiscales corresponden a descuentos del 20 al 5 por ciento, y van en función de la fecha del pago del refrendo de la licencia correspondiente.
¿Cuánto disminuirán los estímulos fiscales?
De este modo, quienes paguen entre el 1 y 30 de septiembre se harán acreedores al 20 por ciento de descuento.
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Cabe señalar que el estímulo fiscal va disminuyendo para quienes realicen el pago en los meses subsecuentes. En todo octubre el descuento será de 15 por ciento; en noviembre del 10 por ciento y en diciembre del 5 por ciento.
¿Por qué habrá descuentos en el pago de estímulos fiscales?
En el documento publicado en el Periódico Oficial del Estado, se establece que la medida fue tomada en cuenta ante el impacto en lo económico que generó la emergencia sanitaria del COVID-19.
Asimismo, se hace referencia a que en abril del 2020 se establecieron medidas, como el cierre temporal de los establecimientos y de aquellos negocios que no fueran esenciales, lo que afectó a los empresarios de la entidad.
No obstante, para acceder al beneficio los interesados, deberán estar al corriente de los pagos que deriven de la licencia de funcionamiento al ejercicio fiscal 2022, incluidos los pagos de las multas que, en su caso, haya sido acreedor.
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También tienen que contar con las opiniones de cumplimiento de obligaciones fiscales en sentido positivo a que se refiere el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, y 34 Bis del Código Fiscal del Estado de Tabasco, debidamente actualizadas.
Sin embargo, se aclaró que habrá multa y suspensión temporal de la actividad, a los licenciatarios que no efectúen el pago de los derechos correspondientes de septiembre a diciembre de este año. Y el 1 de enero de 2023, la Secretaría de Finanzas iniciará los procedimientos de revocación contra aquellos licenciatarios que no hayan efectuado el trámite de refrendo.
Esta resolución de carácter general entra en vigor a partir del 1 de septiembre de este año.