Aunque la ley establece que todos los establecimientos comerciales deben brindar a sus clientes un lugar para estacionarse, en la práctica es otra cosa.
Esto debido a que en algunos establecimientos de este giro cobran la fracción, así sean 5 minutos, y no sellan el boleto.
Encima de eso, apenas el 5 por ciento de los estacionamientos públicos cuentan con una póliza de seguro que proteja a las unidades que hacen uso de este servicio.
Para la presidenta de la AMASFAC en Tabasco, Leonor Olavarrieta, todas las empresas de este giro deberían tener una póliza de responsabilidad civil.
“Debería ser obligación, porque así como exigen esos centros comerciales que los locales tengan sus pólizas de Responsabilidad Civil, también deberían hacerse responsables de tener una póliza de estacionamiento”, afirmó.
Indicó que no es lo correcto operar al margen de esta disposición, porque en caso de un siniestro sería el cliente quien absorba los daños.
Sin embargo, dijo que apenas el 5 por ciento de estas empresas cumplen con esta disposición.
“Hay muchas empresas que dicen que el espacio no es de ellos, lo rentan y aplica otro tipo de póliza, pero así debería ser”, aseveró.
Por su parte, el integrante del Colegio de Abogados, Sergio Antonio Reyes Ramos, señaló que el funcionamiento de los estacionamientos púbicos en Villahermosa corresponde a los ayuntamientos.
“Ellos tienen la función de autorizar y regular, pero a Ley de Obras Públicas del estado sí obliga a los particulares a tener sus estacionamientos, a los comerciantes o establecimientos comerciales que les venden al público”, agregó.
Refirió que en otras ciudades ya se legisló específicamente para que no se les cobre esta tarifa a los clientes que compren en ese lugar.
“Si tú vas a determinado mercado a consumir no tienen qué cobrar, pero en muchos municipios ni siquiera aplican el reglamento que está vigente y es una función municipal”, aseveró.
Indicó que el que preste un servicio de estacionamiento tiene que garantizar condiciones mínimas para el usuario, el seguro por daños, seguro contra robos, tener un vigilancia mínima, lo cual es es parte del servicio.
De acuerdo a la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), los estacionamientos públicos tienen obligaciones como prestadores de servicios.
Dichas empresas están obligadas a cumplir con la Ley Federal de Protección al Consumidor y por reglamentos de Estados y Municipios donde proporcionan su función.
Según la Profeco, deben cumplir con lo siguiente:
- Se debe emitir un boleto por vehículo, moto o bicicleta.
- Debe contar con un seguro de responsabilidad civil, garantizando el pago de daños o pérdidas que se lleguen a dar, en su persona, autos o terceros.
- Garantizar espacio en condiciones de seguridad.
- Debe contar con un reloj registrador para contabilizar el tiempo del servicio.
- En caso de tener acomodadores, estos deben portar un gafete de identificación en todo momento.
- Deben exhibir y respetar la tarifa autorizada.