Fue aprobado con 32 votos a favor por mayoría del pleno del Congreso de Tabasco, un Dictamen de la Comisión de Seguridad Pública y Procuración de Justicia y Protección Civil, por el que se reforma el Artículo 15 Bis, fracción IX del Código Penal para el Estado de Tabasco, para establecer la persecución oficiosa del delito de robo en cualquiera de sus modalidades.
La propuesta fue hecha por la diputada de Morena, Julia del Carmen Pardo Contreras y quien destacó en la tribuna del Congreso que se trata de una reforma histórica pues con esto se da un avance importante en el combate a la inseguridad.
Dijo que entrara en vigor una vez que sea publicada en el Periódico Oficial del Gobierno de Tabasco.
Explicó que con la simple denuncia ciudadana se podrá perseguir el delito y ejercer acción penal, sin necesidad de que se tenga que presentar una querella con todos sus requisitos, lo que permitirá a las autoridades llevar a cabo la persecución del delito, y proteger los intereses de los afectados sin necesidad de involucrarlos directamente en la denuncia, y cuidándolos de cualquier represalia o amenaza.
Informó que la iniciativa nació y se elaboró en colaboración con los ciudadanos integrantes de la Mesa de Seguridad y Justicia de Villahermosa, con quienes coinciden en la necesidad de establecer en el Código Penal para el Estado de Tabasco, que el delito de robo se persigue de oficio en todas sus modalidades, lo cual a su vez, tiene como base opiniones vertidas por diversas instituciones especializadas en la materia, como lo son la Fiscalía General del Estado y la agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).
Respecto al impacto de la presente iniciativa, mencionó que sirve como ejemplo el delito de robo de vehículo en la modalidad de pago, el cual en innumerables casos es descubierto en flagrancia y la policía al detectar el vehículo con reporte de robo, detiene al conductor y asegura la unidad móvil.
Detalla que la realidad muestra que una vez recuperado el vehículo, debido al temor que tiene la víctima de sufrir represalias, ésta se rehúsa a presentar la querella y otras veces habiéndola presentado, la víctima es objeto de amenazas por parte los delincuentes y se desiste, o bien, se impide el ejercicio de la acción penal porque el vehículo fue robado en otra entidad.