La modificación al Acuerdo para el manejo de cadáveres por coronavirus Covid-19, podría incrementar notablemente la cifra de casos positivos de la pandemia, consideró el integrante del Colegio de Abogados Tabasqueños, Sergio Antonio Reyes.
Esto debido a que ahora ya se permite a los familiares ver el cuerpo en la zona del hospital donde falleció y también puedan enterrarlo, cuando en primera instancia se había ordenado la incineración inmediata de los cadáveres.
De acuerdo al profesional del Derecho, este tipo de actos demuestran indecisión además de que el sistema estatal de Salud no está preparado para atender este tipo de emergencia.
“Estos zigzagueos pueden disparar los contagios porque además demuestra que no se tiene la capacidad de verificar ni uno ni otro caso, es decir, ni las inhumaciones o las cremaciones”, señaló.
Indicó que además no se ha hecho una campaña de difusión que realmente le explique a la gente las causas y riesgos que se pueden ocasionar cuando se llegue a presentar una muerte por este padecimiento.
Señaló que ahora al hacer estas modificaciones, se permite a los familiares ver el cuerpo en la zona del hospital donde falleció y también puedan enterrarlo. Refirió que la norma publicada en el Periódico Oficial del estado, el 28 de marzo pasado, se ordenaba la cremación y que no se viera al fallecido por Covid-19, pero ahora dan marcha atrás al reformar y adicionar artículos con supuestos protocolos que igual tienen el riesgo de que se incumplan.
Con ello, dijo que hasta el momento la Secretaría de Salud no ha logrado establecer un control para evitar una menor propagación del Covid-19, al grado que Tabasco ha venido ocupando los cinco primeros lugares a nivel nacional en la tasa de incidencia.
Cabe señalar que el nuevo acuerdo publicado en el Periódico Oficial del estado, con fecha 9 de abril, se reforman ocho artículos y se adicionaron dos más, en el que se es más laxo el manejo de cadáveres por Covid-19.
En el primer Acuerdo con los lineamientos, se ordenaba cremar los cadáveres. Pero con la adición de un Artículo 3 Bis, cambia esa disposición al establecer que “antes de realizar el traslado del cadáver a la morgue, se podrá permitir el acceso de los familiares y en su caso amigos.