Oficializan ajuste del pasaje del transporte público; tarifa con credencial no se modifica

El ajuste de la tarifa del pasaje será oficial el 15 de febrero del 2023

Casimiro Sánchez | El Heraldo de Tabasco

  · martes 14 de febrero de 2023

El gobierno del estado decretó el incremento de la tarifa del transporte público en Tabasco. Foto: Iván Sánchez | El Heraldo de Tabasco

La nueva tarifa del transporte público en Tabasco fue decretada y será a partir del 15 de febrero del 2023 que entre en vigor el incremento de 1 y 1.50 pesos.

De acuerdo a lo publicado en el Periódico Oficial de la Federación, se oficializaron los costos del pasaje a usuarios generales, preferentes y preferentes más subsidio.

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Lo anterior abarca en el transporte público colectivo, urbano, suburbano, metropolitano y foráneo, así como el mixto de pasajeros en vehículos integrados tipo motocarros.

En el contexto queda de la siguiente manera:

  • Generales pasa de $9.50 a $10.50.
  • Preferente: queda en 8 pesos.
  • Preferente + Subsidio: queda en 5 pesos.

¿Quiénes son los usuarios preferentes más subsidio?

La Secretaría de Movilidad catalogó a los usuarios preferentes a la población adulta mayor, estudiantes o personas con discapacidad que haga uso del transporte público colectivo urbano.

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Dichos usuarios serán beneficiados con un 50% de descuento sobre la tarifa general, es decir, en vez de pagar 10.50, únicamente darán 5 pesos.

Unidades Movitab y Transmetropolitanas

Con respecto a las unidades Movitab, el servicio colectivo de pasajeros en el municipio de Centro será para usuarios generales de 11.50; para usuarios preferentes 8.50 y usuarios preferentes más subsidio será de 5 pesos.

Para las unidades Transmetropolitanas Pomoca:

  • General: 12 pesos
  • Preferente 9 pesos correspondiente al descuento del25% sobre la tarifa general.

Motocarros o Pochimóviles:

  • Generales: 10 pesos.
  • Preferente: 5 pesos.

¿Que pasa si el transportista no respeta la tarifa?

La Semovi advirtió a los concesionarios, permisionarios y chores prestadores del servicio, que tras el acuerdo tomado, queda prohibido la modificación ajena al documento oficial.

Por lo que serían acreedores a sanciones que derivan de multas económicas hasta la cancelación del permiso si se aplican tarifas menores o mayores a las autorizadas, esto cayendo a los a los artículos 36 fracción XIV de la Ley de Movilidad para el Estado de Tabasco y 123 fracciones VI y IX del Reglamento de la Ley de Transportes para el Estado de Tabasco.