Entro en vigor el decreto número 126 recientemente aprobado por el Congreso Local en donde se establece que para los casos de expedición de una licencia de manejo por primera vez, la autoridad competente deberá exigir al solicitante el requisito de contar con la constancia de educación vial expedida por la Dirección de Ingeniería de Tránsito, Educación y Seguridad Vial de la Policía Estatal de Caminos o la Dirección de Tránsito Municipal de su residencia
El documento que abarcan las reformas aprobadas a los artículos 20, fracciones 111 y IV; y 68; y se adiciona la fracción V al artículo 20., todos de la Ley General de Tránsito y Vialidad del Estado de Tabasco, además faculta a la autoridad en la materia, de retener la documentación de los vehículos particulares, de transporte de pasajeros público o privado o de carga, cuando hayan sido falsificados.
En sus considerandos, el citado decreto indica que el Informe sobre la situación mundial de la seguridad vial 2013 presentado por la Organización Mundial de la Salud (OMS), el número anual de muertes por accidentes de tránsito no incrementó durante el período 2010-2012, manteniéndose en 1,24 millones.
A nivel regional, la Organización Panamericana de la Salud, en 2015 presentó el Informe sobre la situación de la seguridad vial en la Región de las Américas, en 2016 el informe La seguridad vial en la Región de las Américas, y recientemente en 2019 presentó el informe Estado de la seguridad vial en la Región de las Américas; de estos informes se advierte que durante el año 201 O, las lesiones derivadas de accidentes de tránsito provocaron casi 150,000 defunciones en la Región de las Américas8 y para 2016 esta cifra aumentó a 154,997 muertes.9 En el plano nacional, conforme a los Informes sobre la Situación de la Seguridad Vial