Legitiman en el Periódico Oficial recorte de prerrogativas a los partidos políticos

El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral del Estado por el 32.5 % del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización

Fernando Hernández

  · miércoles 16 de octubre de 2019

La reforma fue aprobada por las bancadas de MORENA, PRD y PVEM y se hizo al primer párrafo y el inciso a) de la fracción VIII del apartado A del artículo 9 de la Constitucional Política de Tabasco. Foto. Iván Sánchez

Ya fue publicada hoy en el Periódico Oficial del Gobierno de Tabasco, la reforma al primer párrafo y el inciso a) de la fracción VIII del apartado A del artículo 9 de la Constitucional Política de Tabasco, aprobada en el Congreso de Tabasco y en donde se establece el recorte del 50% a las prerrogativas de los partidos políticos en la entidad.

La reforma aprobada por las bancadas de MORENA, PRD y PVEM, señalan que el financiamiento público para los partidos políticos nacionales y locales, que mantengan su registro y alcancen el tres por ciento de la votación en la elección para diputados inmediata anterior, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, así como las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico, el que se otorgará conforme a lo siguiente y a lo que disponga la ley.

Además que el financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos locales se fijará anualmente en los términos establecidos por la Ley General de Partidos Políticos.

El financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los partidos políticos nacionales se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral del Estado por el treinta y dos punto cinco por ciento (32.5 %) del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Detalla que el treinta por ciento (30%) de la cantidad total que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento (70%) restante se distribuirá entre los mismos de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de Diputados inmediata anterior. Los partidos políticos del PRD y del PRI, confirmaron que acudirán nuevamente ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para impugnar nuevamente esa reforma qué es ilegal.