El coordinador de los Comités de la Defensa de la Cuarta Transformación en Tabasco, Javier May Rodríguez, no incurrió en actos anticipados de precampaña y campaña, resolvió el Tribunal Electoral de Tabasco (TET).
De esta manera, el acuerdo del consejo estatal del IEPCT impugnado por Alberto Naranjo Cobián, del Frente Cívico Nacional, capítulo Tabasco, fue declarado improcedente.
Los señalamientos en contra del morenista eran por supuestos actos anticipados de precampaña y campaña, así como el uso de programas sociales y obras públicas del gobierno federal.
Además, en el proyecto a cargo del magistrado, Armando Xavier Maldonado Acosta se determinó sobreseer toda vez que el acuerdo ya quedó superado con la emisión resolución a fondo del IEPCT que declaró la inexistencia de los actos anunciados.
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Dan respuesta a acciones afirmativas a favor de migrantes
Mientras que en el en juicio de la ciudadanía TET-JDC-29/2023-I, el pleno confirmó el acuerdo CE/2023/026 mediante el cual el consejo estatal IEPCT dio respuesta a la solicitud de acciones afirmativas a favor de las personas migrantes y residentes en el extranjero formulada por el ciudadano Avelino Meza Rodríguez, quien se ostenta como secretario general de la asociación civil “fuerza migrante”
Los magistrados determinaron que no le asiste la razón a la inconforme Edith Yolanda Merino Lucero ya que el organismo electoral reconoció su obligación de implementar acciones afirmativas.
Infundados los agravios vertidos por Morena
Por otra en el recurso de apelación TET-AP-18/2023-III, el pleno revocó por unanimidad, el acuerdo CE/2023/43 mediante el cual consejo estatal IEPCT, aprobó los lineamientos para la verificación de los requisitos de elegibilidad de las personas que se postulen a las candidaturas a la gubernatura del estado, diputaciones, presidencias municipales y regidurías con motivo del proceso electoral local ordinario 2023-2024.
Al estimar fundados los agravios vertidos por el partido Morena, el pleno ordenó al consejo estatal emitir un nuevo acuerdo, ya que en el anterior se excedió su facultad reglamentaria trasgrediendo los principios de certeza y legalidad.
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Revocan resolución
En el juicio ciudadano TET-JDC-11/2023-III y su acumulado TET-JDC-13/2023-III, interpuestos por la ciudadana Patricia Alejo Almeida en contra de la resolución que emite la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria de partido Movimiento Ciudadano en el procedimiento disciplinario CNJI/005/2023; el tribunal determinó por unanimidad votos revocar la resolución del instituto político.
Por lo que se resolvió determinar improcedente la resolución de la Comisión intrapartidista por los hechos denunciados consistentes en actos de violencia política en contra de la mujer atribuido al ciudadano Pedro Palomeque Calzada.
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En consecuencia, el pleno ordenó a la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidaria del instituto político inicie y resuelva el procedimiento sancionador de oficio en materia de violencia política en razón de género de conformidad establecido en el protocolo para prevenir, atender, sancionar, reparar y erradicar la violencia contra las mujeres del partido Movimiento Ciudadano.
En el juicio ciudadano, TET-JDC-41/2023-III y sus acumulados TET-JDC-42/2023-III y TET-JDC-43/2023-III, el pleno por unanimidad de votos desechó de plano los medios de impugnación interpuesto por el ciudadano Evaristo Hernández Cruz, en contra de la Comisión Nacional de Honor y Justicia de Morena.
Lo anterior, debido a que los actos que originaron la demanda quedaron sin materia al existir un cambio de situación jurídica.