Impugnará PRI ante la SCJN aprobación de la “Ley Garrote”

El recurso inconstitucional será interpuesto a través de la CNDH

Fernando Hernández

  · martes 30 de julio de 2019

El diputado Gerald Washington explicó que como fracción del PRI no pueden presentarla porque son cinco diputados y se requieren 11 legisladores, y no lo reúnen. Foto: Iván Sánchez

El coordinador de la Bancada del Partido Revolucionario Institucional en el Congreso de Tabasco, Geradl Washington Herrera Castellanos, señaló que a través de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), van a buscar impugnar ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) mediante una acción de inconstitucionalidad la reforma al Código Penal de Tabasco, con la que la bancada de MORENA aprobó la creación de la llamada "Ley Garrote".

Explicó que como fracción del PRI no pueden presentarla porque son cinco diputados y se requieren 11 legisladores, y no lo reúnen.

En la sesión de ayer, con 24 votos fue aprobada la reforma al Código Penal para darle paso a la “Ley AntiExtorsión” y que propone un nuevo delito penal: “Impedimento de ejecución de trabajos u obras” y dónde se dejan en firme las sanciones de hasta 20 años de prisión a los speudo sindicatos que pretendan extorsionar a las empresas que realicen obras públicas y privadas en la entidad.

Herrera Castellanos, expresó en tono molestó que en la reunión que sostuvieron ayer por la mañana previo a la sesión Extraordinaria en la Junta de Coordinación Política con los diputados de MORENA, se acordó hacer varias modificaciones al dictamen que presentó la Comisión de Seguridad, sin embargo, no fueron respetados y por ello abandonaron la sesión para defender la dignidad del pueblo tabasqueño.

Se reformaron los artículos 299; 306; 307 y 308 y a la adición al artículo 196 Bis; y del artículo 308 Bis, todos del Código Penal para el Estado de Tabasco La iniciativa la envió al Congreso el gobernador Adán Augusto López Hernández.

La modificación al Artículo 308 quedó de la siguiente manera: "Al que extorsione, coaccione, intenté imponer o imponga cuotas en impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinarias o equipos especializados o similar para la ejecución de trabajo de obra pública o privadas en las vías de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a 13 años y multa de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

“Las diputadas y los diputados del PRI, somos leales a la voz de los tabasqueños que reclaman pleno respeto a las garantías y libertades que como sociedad democrática nos garantiza la Constitución Política y particularmente la del Estado de Tabasco”, remarcó.