Hoy arranca suspensión

A partir de las 4 de la tarde, unas 78 mil unidades de negocio que operan en la entidad pararán labores, y las reanudarán el lunes en horario normal

Jesús Manuel Domínguez | El Heraldo de Tabasco

  · viernes 8 de mayo de 2020

La autoridad estatal ordenó el cierre total a partir del viernes 8 de mayo de 2020 a las 16:00 horas. Foto: Iván Sánchez

A partir de las 16:00 horas de este viernes, unas 78 mil unidades de negocios que operan en la entidad suspenderán labores al entrar en vigor el Decreto del gobierno del estado que prohíbe la operación de toda la actividad comercial para evitar el aumento en los casos de Covid-19.

Esta cifra incluye las más de 20 mil empresas que operan en la entidad, pero también los prestadores de servicios y profesionistas, así como los 10 mil patrones que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.

Esta prohibición de actividad también incluye un total de 609 sucursales de cadenas de autoservicio, así como 100 centros de distribución de diferentes productos que operan en la entidad, al igual que unas 900 tiendas de conveniencia y 3 mil restaurantes que tendrán que cerrar sus puertas desde este viernes.

De acuerdo a los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en Tabasco operan más de 78 mil unidades de negocio que deberán de cumplir las medidas implementadas por la autoridad estatal que ordenó el cierre total a partir del viernes 8 de mayo de 2020 a las 16:00 horas, reanudando sus actividades el lunes 11 de mayo de 2020 en sus horarios habituales.

Los supermercados sólo podrán realizar ventas en línea o vía telefónica, situación que les va a significar un duro golpe a sus ganancias. Foto: OEM


Esto se refiere a supermercados, abarroteras, tiendas de conveniencia, tiendas de autoservicio, tiendas de abarrotes, mercados públicos, central de abasto, vendedores ambulantes y mercados sobre ruedas, aunque también incluye una extensa gama de giros como restaurantes, taquerías, cocinas económicas, pastelerías, establecimientos que expendan pasteles y postres, fondas, establecimientos de comida rápida, ferreterías, tlapalerías, tiendas de pintura, tiendas de materiales de construcción, instituciones bancarias y financieras, casas de empeño y préstamos, y cajas de ahorro.

Cabe señalar que sólo podrán realizar sus ventas en línea o vía telefónica en la modalidad de entrega a domicilio, pero no deberán permitir el acceso al público a sus instalaciones ni realizar ventas presenciales en sucursales.

También se ordenó el cierre temporal de cementerios y panteones públicos y privados, y solo se permitirá el acceso a personas que deban prestar servicios funerarios, así como familiares y amigos que concurran a la inhumación de cadáveres, sin que se exceda de un máximo de 50 personas.

De este modo los establecimientos cuyos giros o actividades se consideran no esenciales deberán permanecer cerrados temporalmente.