/ miércoles 29 de julio de 2020

Entre marzo y abril de 2021, arranque de campañas electorales en Tabasco

En esa fecha y hasta el 6 de junio, presidencias municipales y regidurías,  gobiernos federal, estatal y municipales, deberán suspender toda propaganda gubernamental en medios de comunicación

A partir del inicio de las campañas (entre marzo y abril) y hasta el día 6 de junio de 2021, fecha en que se llevarán a cabo las elecciones intermedias para diputaciones, presidencias municipales y regidurías, los gobiernos federal, estatal, y municipales, deberán suspender o retirar toda propaganda gubernamental en medios de comunicación como son radio y televisión.

Con excepción de las campañas de información de las autoridades electorales y la relativa a servicios educativos, de salud y las de protección civil en caso de emergencia.

Lo anterior, en atención a los principios de equidad e imparcialidad que rigen en la contienda electoral y en atención a lo que en ese sentido establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco.

El acuerdo que para tal efecto aprobó este miércoles en sesión ordinaria el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), restringe además a los portales oficiales de internet de los poderes federales, estatal, de los ayuntamientos, y de cualquier otro ente público en el estado de Tabasco.

Este miércoles integrantes del IEPCT realizaron sesión ordinaria. Foto: Carlos Pérez


Sin que ello implique el incumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública; así como cualquier propaganda gubernamental en internet (banners, entre otros) medios electrónicos y digitales de comunicación social, radio y televisión.

Esto, sin menoscabo de la competencia exclusiva con la que cuenta el Instituto Nacional Electoral para administrar y regular lo conducente respecto de la radio y la televisión, como medios de comunicación social.

Tales medidas tienen como finalidad que, al limitar la difusión de la propaganda gubernamental durante la fase de campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral en los procesos comiciales federales y locales, evitar que se pueda influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, a favor o en contra de determinado partido político o candidatura.

En ese contexto, se garantiza la seguridad jurídica, certeza, imparcialidad y equidad en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020–2021, en la aplicación de las restricciones para la suspensión de la propaganda gubernamental.

A partir del inicio de las campañas (entre marzo y abril) y hasta el día 6 de junio de 2021, fecha en que se llevarán a cabo las elecciones intermedias para diputaciones, presidencias municipales y regidurías, los gobiernos federal, estatal, y municipales, deberán suspender o retirar toda propaganda gubernamental en medios de comunicación como son radio y televisión.

Con excepción de las campañas de información de las autoridades electorales y la relativa a servicios educativos, de salud y las de protección civil en caso de emergencia.

Lo anterior, en atención a los principios de equidad e imparcialidad que rigen en la contienda electoral y en atención a lo que en ese sentido establecen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicano, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Electoral y de Partidos Políticos del Estado de Tabasco.

El acuerdo que para tal efecto aprobó este miércoles en sesión ordinaria el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT), restringe además a los portales oficiales de internet de los poderes federales, estatal, de los ayuntamientos, y de cualquier otro ente público en el estado de Tabasco.

Este miércoles integrantes del IEPCT realizaron sesión ordinaria. Foto: Carlos Pérez


Sin que ello implique el incumplimiento de sus obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública; así como cualquier propaganda gubernamental en internet (banners, entre otros) medios electrónicos y digitales de comunicación social, radio y televisión.

Esto, sin menoscabo de la competencia exclusiva con la que cuenta el Instituto Nacional Electoral para administrar y regular lo conducente respecto de la radio y la televisión, como medios de comunicación social.

Tales medidas tienen como finalidad que, al limitar la difusión de la propaganda gubernamental durante la fase de campañas electorales y hasta la conclusión de la jornada electoral en los procesos comiciales federales y locales, evitar que se pueda influir en las preferencias electorales de la ciudadanía, a favor o en contra de determinado partido político o candidatura.

En ese contexto, se garantiza la seguridad jurídica, certeza, imparcialidad y equidad en el Proceso Electoral Local Ordinario 2020–2021, en la aplicación de las restricciones para la suspensión de la propaganda gubernamental.

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