El Coordinador General de Asunto Jurídico del Gobierno de Tabasco, Guillermo Arturo del Rivero León, señaló que las entidades federativas sí tienen libertad configurativa para regular el financiamiento de los partidos políticos locales y que existen casos como el de Jalisco.
Indicó que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que inválido la reforma que se hizo hace un año, se establece que no se diferencia entre partido político local y partido político nacional.
En entrevista luego de sostener una reunión privada con los diputados de la Bancada de MORENA que es mayoría en el Poder Legislativo, explicó que en la Iniciativa que se presentó ya viene esa diferencia, cuál es el partido político local y cuál es el partido político nacional y la fuente de financiamiento de cada uno.
"Para un partido político local la fuente de financiamiento que tiene el partido político local pues será a través de lo que establece la Ley General de partidos políticos y en el caso de los partidos políticos nacionales que están aquí en Tabasco pues sería a través de lo que establece la Constitución del Estado", acotó.
¿No se corre el riesgo de que se las vuelva a tirar la SCJN?
"Pues bueno, estamos entendiendo lo que dice la sentencia de la Suprema Corte, ahí dijo que los partidos políticos locales su financiamiento está establecido en la Ley General de partidos políticos y pues eso ya viene plasmada en la iniciativa que envía el gobernador y en el caso de los partidos políticos nacionales ya se establece que la Constitución local".
Agregó que la ponen a consideración del Congreso que deberá decidir sobre el tema y en caso de que e apruebe, tendrán la libertad los partidos políticos que tenga legitimación para impugnar, promover una acción de incondicional en la Suprema Cortela que tendrá que resolver.