La Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió una recomendación a Petróleos Mexicanos (Pemex) por no atender oportunamente a una persona adulta mayor hipertensa con síntomas de Covid-19 en el Hospital Regional de Villahermosa, lo que derivó en su fallecimiento. La Recomendación 36/2021 fue dirigida al director de la empresa productiva del país, Octavio Romero Oropeza.
Según consta en el expediente de la queja, la víctima acudió el pasado 3 de julio de 2020 al Hospital Regional de Pemex en Villahermosa con dificultad respiratoria, pese a lo cual, el personal médico se limitó a registrar su saturación de oxígeno e indicarle que debía esperar su turno para ser atendida.
Las investigaciones realizadas por el organismo comprobaron que el personal del hospital vulneró los derechos humanos a la protección de la salud, a la vida y a la información del paciente, además de acreditar la responsabilidad institucional por la omisión de ingresar a la víctima oportunamente para su atención, lo que contribuyó al deterioro de su salud y posterior fallecimiento.
La CNDH determinó que, al tratarse de una persona en condición de vulnerabilidad por ser adulta mayor y padecer hipertensión, debió recibir asistencia médica prioritaria y urgente, lo cual no ocurrió.
De tal forma que solicitó al director general de Pemex la reparación integral de los daños causados con motivo de la inadecuada atención médica que derivó en el deceso de la persona, y otorgue atención médica y psicológica a sus deudos, todo en coordinación con la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).
Asimismo, deberá colaborar en la presentación y seguimiento de la queja y denuncia que derive en contra de las autoridades responsables, tanto en la Unidad de Responsabilidades en Petróleos Mexicanos como en la Fiscalía General de la República (FGR); además de impartir un curso integral sobre capacitación y formación en materia de derechos humanos, a todo el personal médico del Hospital Regional de Villahermosa, que considere los principios de accesibilidad, aceptabilidad, disponibilidad y calidad relacionados con el derecho de protección a la salud.
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Finalmente, se le solicitó emitir una circular a las unidades médicas de PEMEX en Tabasco que contenga las medidas de prevención y supervisión, a fin de satisfacer los tratamientos médicos conforme a lo dispuesto en la legislación nacional e internacional.