Diputada del PRI refuta opinión de Conagua sobre inundación en Tabasco

Minerva Santos señaló que sí tocó vivir en esta tierra, pero que es obligación de las autoridades hacer obras para evitar daños Fernando Hernández

Fernando Hernández | El Heraldo de Tabasco

  · domingo 29 de noviembre de 2020

Fotos: Casimiro Sánchez | El Heraldo de Tabasco

La diputada del PRI, Minerva Santos García, señaló que si bien a los tabasqueños nos tocó vivir en esta tierra, es responsabilidad de las autoridades federales, entre ellas CONAGUA, desarrollar políticas eficientes y realizar las obras necesarias para disminuir la vulnerabilidad frente a posibles amenazas del clima o de los fenómenos perturbadores, de manera, que no afecten la calidad de vida de la población, como lo señala el Plan Nacional Hídrico.

Recordó que el pasado 13 de noviembre del año 2020, al ser entrevistada la directora general de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), Blanca Elena Jiménez Cisneros, entre otras cosas, al referirse a los tabasqueños dijo; “…aquí les tocó vivir. hay que aprender a vivir y estar muy conscientes de la situación…”. También señaló, que ella no puede decir si los ríos se van a desbordar o no y tampoco que no puede decir que nuestros paisanos no se volverán a inundar".

"Conforme a todo lo expuesto, es claro que la declaración de la Directora General de Conagua es un desacierto y está totalmente fuera de lugar, ya que los tres órdenes de gobierno, principalmente el federal, cuentan con el personal, instrumentos, tecnología, recursos y demás elementos para determinar que fenómeno natural o hidrometeorológico, puede causar inundaciones, daños y poner en riesgo la vida, la integridad y los bienes de las personas. Y tienen además la obligación de implementar las políticas públicas y realizar las obras y acciones que sean necesarios para evitarlas o disminuir sus efectos", puntualizó.

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Fotos: Casimiro Sánchez | El Heraldo de Tabasco

Dijo que también les compete realizar las acciones, instrumentos, normas, obras y en general todo aquello destinado a proteger a las personas, bienes, infraestructura estratégica, planta productiva y el medio ambiente, a reducir los riesgos y a controlar y prevenir los efectos adversos de un agente perturbador, en cuyo caso actúa como agente regulador conforme al artículo 2, fracción I, de la Ley General de Protección Civil.

"Aunado a ello, las autoridades competentes cuentan con el Centro Nacional de Prevención de Desastres, el cual de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la mencionada Ley, es la institución técnica-científica de la Coordinación Nacional de Protección Civil encargada de crear, gestionar y promover políticas públicas en materia de prevención de desastres y reducción de riesgos a través de la investigación, el monitoreo, la capacitación y la difusión", apuntó.

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Dijo que tiene entre sus atribuciones, el apoyo técnico al Sistema Nacional, así como la integración del Atlas Nacional de Riesgos, la conducción de la Escuela Nacional de Protección Civil, la coordinación del monitoreo y alertamiento de fenómenos perturbadores y promover el fortalecimiento de la resiliencia de la sociedad en su conjunto.