/ lunes 6 de julio de 2020

Da SCJN palo a la “Ley compadre” en Tabasco

Declararon como inválidas varias reformas aprobadas a la Ley de Obra Pública en octubre de 2018 en el Congreso de local, mismas que permitirían la asignación directa de obra pública

Esta mañana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “tumbó” la llamada “Ley Compadre” y resolvió a favor de la acción de inconstitucionalidad 99/2018 promovida por la entonces Procuraduría General de la República, declarando como inválidas varias reformas aprobadas en el mes de octubre del 2018 en el Congreso local -donde tiene mayoría MORENA-, a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas; y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de Tabasco, misma que causó polémica a nivel nacional pues permitía la asignación directa de obra pública.

Se bautizó como “Ley Compadre”, ya que permitiría otorgar obras de manera directa a cualquier persona y sin licitación, lo que va en contra de las mejores prácticas y abriría la puerta a la corrupción.

En su momento, Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), señaló que aprobaron una Ley de Obra Pública, que hay que llamarla la “Ley de mi compadre”, porque gracias a esa ley se puede asignar a mi compadre la obra y el proyecto que yo quiera sin ningún proceso ni obstáculo burocrático como es una licitación.

El gobierno de Tabasco que presentó la propuesta en el Congreso local, argumentando que se tenía que llevar a cabo la reforma, principalmente para que se pudiera iniciar con la construcción de la Refinería en el Puerto de Dos Bocas, Paraíso.

Hasta el momento el Gobierno estatal no ha emitido ningún comunicado al respecto sobre la resolución de la SCJN.

La diputada del PRI, Soraya Pérez Munguia, señaló que se hace un llamado al Gobierno de Tabasco para que de inmediato, cancele los contratos que tenga en curso y generados al amparo de las normas declaradas inválidas está mañana e informe también el monto de los recursos que se asignaron desde 2018 y|| hasta el día de hoy.

En lo que se refiere a la construcción de la Refinería en Dos Bocas Paraíso, expertos consultados señalan que los contratos ya realizados quedan firmes.

La resolución de la Suprema Corte reitera que ningún proyecto, sea político, económico, o industrial, puede apartarse de la Constitución y de los principios establecidos en ella.

Señaló que con estas normas, que afortunadamente ya están invalidadas por la Suprema Corte, se habilitó indebidamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado a autorizar directamente y sin realizar las licitaciones públicas que establece la Constitución, adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como el gasto corriente, sin la debida justificación, sencillamente señalando que eran necesarios para la realización de proyectos, obras y acciones que detonen el empleo, mejoren la infraestructura e impulsen el desarrollo económico y social del Estado.

Nos volvió a dar la razón al resolver la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la entonces Procuraduría General de la República pues declaró la invalidez de varias de las reformas aprobadas. Con ello acallamos una vez más las voces que critican nuestra posición frente a acciones que consideramos que se apartan a la lógica del buen gobierno, y el cual es, al menos en papel, un eje político fundamental de la llamada cuarta transformación

Recordó que muchas voces criticaron dicha acción legislativa y señalaron que atentaban contra los principios más elementales de transparencia y rendición de cuentas, además abrían la puerta a prácticas corruptas para evitar los procedimientos de licitación, adjudicando directamente obras o adquisiciones de productos o servicios.

“Con la resolución dictada esta mañana por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación se reitera una vez más, que ningún proyecto, sea político, económico, o industrial, puede apartarse jamás de la Constitución y de los principios en ella establecidos, los cuales, dicho sea de paso, todos los que ejercemos una actividad pública o política juramos proteger al tomar protesta del cargo, y que además en este caso, estaban completamente alejados de las mejores prácticas de combate a la corrupción”, acotó.

Agregó que con toda seguridad la SCJN hará pública la versión de la sentencia dictada el día de hoy; para que todas y todos los tabasqueños podamos conocer los alcances de ésta pues queda mucho por atender todavía en este caso.

De momento, hago un llamado al Gobierno de Tabasco para de inmediato cancele los contratos que tenga en curso y generados al amparo de las normas declaradas inválidas está mañana e informe también el monto de los recursos que se asignaron desde 2018 y hasta el día de hoy cobijados en leyes contrarias a nuestra Constitución

LA JUSTIFICACIÓN

En su momento del gobernador Adán Augusto López Hernández manifestó que

  • “Lo que se hizo fue establecer ‘licitaciones abreviadas’ como un proceso para agilizar las obras que tengan un impacto nacional, con la refinería prometida por López Obrador en la entidad”
  • “Se trata es que en algunos casos se pueda convenir con la Federación y agilizar los procesos, por ejemplo, la refinería debe iniciar la construcción como tal el año próximo”
  • Anunció la conformación de un Consejo de Obra Pública para evitar corrupción en la asignación de contratos que estará conformado por ciudadanos
  • Estas modificaciones, al ser aplicadas en proyectos energéticos, fueron interpretadas como legislaciones para allanar el camino para los proyectos del presidente Andrés Manuel López Obrador, como son el Tren Maya y la refinería Dos Bocas con impacto en Tabasco

Esta mañana la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) “tumbó” la llamada “Ley Compadre” y resolvió a favor de la acción de inconstitucionalidad 99/2018 promovida por la entonces Procuraduría General de la República, declarando como inválidas varias reformas aprobadas en el mes de octubre del 2018 en el Congreso local -donde tiene mayoría MORENA-, a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionadas con las Mismas; y a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de Tabasco, misma que causó polémica a nivel nacional pues permitía la asignación directa de obra pública.

Se bautizó como “Ley Compadre”, ya que permitiría otorgar obras de manera directa a cualquier persona y sin licitación, lo que va en contra de las mejores prácticas y abriría la puerta a la corrupción.

En su momento, Juan Pardinas, director del Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), señaló que aprobaron una Ley de Obra Pública, que hay que llamarla la “Ley de mi compadre”, porque gracias a esa ley se puede asignar a mi compadre la obra y el proyecto que yo quiera sin ningún proceso ni obstáculo burocrático como es una licitación.

El gobierno de Tabasco que presentó la propuesta en el Congreso local, argumentando que se tenía que llevar a cabo la reforma, principalmente para que se pudiera iniciar con la construcción de la Refinería en el Puerto de Dos Bocas, Paraíso.

Hasta el momento el Gobierno estatal no ha emitido ningún comunicado al respecto sobre la resolución de la SCJN.

La diputada del PRI, Soraya Pérez Munguia, señaló que se hace un llamado al Gobierno de Tabasco para que de inmediato, cancele los contratos que tenga en curso y generados al amparo de las normas declaradas inválidas está mañana e informe también el monto de los recursos que se asignaron desde 2018 y|| hasta el día de hoy.

En lo que se refiere a la construcción de la Refinería en Dos Bocas Paraíso, expertos consultados señalan que los contratos ya realizados quedan firmes.

La resolución de la Suprema Corte reitera que ningún proyecto, sea político, económico, o industrial, puede apartarse de la Constitución y de los principios establecidos en ella.

Señaló que con estas normas, que afortunadamente ya están invalidadas por la Suprema Corte, se habilitó indebidamente al Titular del Poder Ejecutivo del Estado a autorizar directamente y sin realizar las licitaciones públicas que establece la Constitución, adquisiciones, arrendamientos y servicios, así como el gasto corriente, sin la debida justificación, sencillamente señalando que eran necesarios para la realización de proyectos, obras y acciones que detonen el empleo, mejoren la infraestructura e impulsen el desarrollo económico y social del Estado.

Nos volvió a dar la razón al resolver la acción de inconstitucionalidad 99/2018, promovida por la entonces Procuraduría General de la República pues declaró la invalidez de varias de las reformas aprobadas. Con ello acallamos una vez más las voces que critican nuestra posición frente a acciones que consideramos que se apartan a la lógica del buen gobierno, y el cual es, al menos en papel, un eje político fundamental de la llamada cuarta transformación

Recordó que muchas voces criticaron dicha acción legislativa y señalaron que atentaban contra los principios más elementales de transparencia y rendición de cuentas, además abrían la puerta a prácticas corruptas para evitar los procedimientos de licitación, adjudicando directamente obras o adquisiciones de productos o servicios.

“Con la resolución dictada esta mañana por nuestra Suprema Corte de Justicia de la Nación se reitera una vez más, que ningún proyecto, sea político, económico, o industrial, puede apartarse jamás de la Constitución y de los principios en ella establecidos, los cuales, dicho sea de paso, todos los que ejercemos una actividad pública o política juramos proteger al tomar protesta del cargo, y que además en este caso, estaban completamente alejados de las mejores prácticas de combate a la corrupción”, acotó.

Agregó que con toda seguridad la SCJN hará pública la versión de la sentencia dictada el día de hoy; para que todas y todos los tabasqueños podamos conocer los alcances de ésta pues queda mucho por atender todavía en este caso.

De momento, hago un llamado al Gobierno de Tabasco para de inmediato cancele los contratos que tenga en curso y generados al amparo de las normas declaradas inválidas está mañana e informe también el monto de los recursos que se asignaron desde 2018 y hasta el día de hoy cobijados en leyes contrarias a nuestra Constitución

LA JUSTIFICACIÓN

En su momento del gobernador Adán Augusto López Hernández manifestó que

  • “Lo que se hizo fue establecer ‘licitaciones abreviadas’ como un proceso para agilizar las obras que tengan un impacto nacional, con la refinería prometida por López Obrador en la entidad”
  • “Se trata es que en algunos casos se pueda convenir con la Federación y agilizar los procesos, por ejemplo, la refinería debe iniciar la construcción como tal el año próximo”
  • Anunció la conformación de un Consejo de Obra Pública para evitar corrupción en la asignación de contratos que estará conformado por ciudadanos
  • Estas modificaciones, al ser aplicadas en proyectos energéticos, fueron interpretadas como legislaciones para allanar el camino para los proyectos del presidente Andrés Manuel López Obrador, como son el Tren Maya y la refinería Dos Bocas con impacto en Tabasco

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