Debido a la constante violación a los preceptos legales, la LXIII Legislatura del Congreso local ha sufrido varios reveses por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
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Recientemente les “tumbó” la famosa “Ley Compadre”, que permitía al gobierno de Tabasco asignar obras públicas de forma directa, y en vilo se encuentran la reducción de regidores en los 17 cabildos de la entidad.
Además, se espera que en las próximas semanas la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) interponga un recurso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte contra la llamada “Ley Antichatarra”, que fue aprobada hace algunas semanas en el Congreso local.
El asesor jurídico del Comité de Derechos Humanos de Tabasco (Codehutab) Efraín Rodríguez León, afirmó que el Congreso local, con mayoría del partido de Morena, legisla con los pies, ya que lo hacen solamente para cumplir con una orden que desde el Palacio de Gobierno les da el gobernador, Adán Augusto López Hernández.
Los legisladores de oposición, Dolores del Carmen Gutiérrez Zurita y Carlos Mario Ramos Hernández, señalaron que es viable que la Suprema Corte de Justicia declare e invalide esas reformas de la reducción de regidores y del ISSET.
Por su parte, el coordinador de los diputados del PRI, Gerald Washington Herrera, expresó que la Suprema Corte de Justicia les enmienda la plana a los diputados por culpa de Morena, y esto deja mal al Congreso de Tabasco, ya que se comprueba que se viola de manera constante la ley.
CAUSA CONTROVERSIA LEY CONTRA LA COMIDA CHATARRA
Por si fuera poco, el pasado lunes 17 de agosto, durante la celebración del Cuarto Periodo Extraordinario de Sesiones, el Pleno aprobó con 22 votos a favor y 8 votos en contra, reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Salud del Estado de Tabasco, la Ley de Educación del Estado de Tabasco, y la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Tabasco, relacionadas con la distribución y venta de bebidas azucaradas preenvasadas y carbonatadas, golosinas y alimentos procesados adicionados con altas cantidades de grasa, azúcares y sodio.
En el caso de los menores de edad, no se permitirá que se les suministren ese tipo de productos, a menos que quienes lo hagan sean sus padres, madres o tutores legales; también se prohíbe la instalación de máquinas expendedoras en los centros educativos de nivel básico, así como en los hospitales públicos y privados, clínicas y centros de salud.
La diputada federal del PRI, Soraya Pérez Munguía, promovió una acción de inconstitucionalidad contra la ley que prohíbe la venta de comida “chatarra" a menores de edad.
Dijo que esta nueva ley puede ser combatida por esa vía, a como se hizo con la "Ley Garrote", que castiga con cárcel a quienes realicen manifestaciones en el estado; y la "Ley Compadre", que permitía asignar obras y servicios de manera directa y sin licitación.
INVALIDÓ SCJN LEY COMPADRE
Cabe señalar que el pasado 6 de julio de 2020, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), en sesión remota del Tribunal Pleno, invalidó diversas disposiciones de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, así como de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, ambas del Estado de Tabasco.
Estas reformas establecían nuevos supuestos de excepción a las licitaciones públicas, tratándose de contrataciones necesarias para la realización de proyectos estratégicos que detonen el empleo, mejoren la infraestructura, impulsen el desarrollo económico del Estado, o que hubieren sido convenidos con la Federación o las empresas productivas del Estado en materia energética, entre otros casos. Lo anterior, al considerar que las mismas eran violatorias del artículo 134 de la Constitución General.
REDUJERON NUMERO DE REGIDORES
Por otra parte, el 5 de julio del 2019, durante el Primer Periodo Extraordinario de Sesiones del Segundo Periodo de Receso del Primer Año de Ejercicio Constitucional, se aprobaron diversos dictámenes en materia de reducción de regidores en los cabildos de los 17 ayuntamientos y que también causó controversia.
Los legisladores aprobaron en lo general con 25 votos a favor y 8 votos en contra, un dictamen emitido por la Comisión Ordinaria de Gobernación y Puntos Constitucionales, por el que se reforman diversas disposiciones de la Ley Electoral y de Partidos Políticos; y de la Ley Orgánica de los Municipios, ambas del Estado de Tabasco, para establecer que los Ayuntamientos deberán estar integrados por un Presidente Municipal, un Síndico de Hacienda, una regiduría de mayoría relativa y dos regidurías electas según el principio de representación proporcional.
La reforma aprobada establece que se salvaguardan los derechos políticos-electorales de los ciudadanos, toda vez que se establece la reducción de 220 a 85 regidores, lo que generará ahorros presupuestables que serán reorientados a gastos de inversión para que los recursos públicos se inviertan en obra pública y programas sociales que detonen el desarrollo económico y así reducir la pobreza.