Castigarían negligencia de funcionarios públicos

Propone el diputado Nicolás Bellizia de tres a nueve años de prisión

Fernando Hernández

  · miércoles 7 de noviembre de 2018

/Javier Chávez

Ante el agua contaminada que estuvo llegando a las familias del municipio de Centro en las últimas semanas, el diputado del PRI, Nicolás Bellizia Aboaf, presentó una Iniciativa de Ley en la que se establece castigo de tres a nueve años de prisión, la destitución e inhabilitación laboral, así como una multa de hasta 300 días de salario mínimo vigente a quienes por negligencia pongan en riesgo la salud de la población.

En la tribuna del Congreso explicó que la finalidad de reformar el Código Penal del Estado es para obligar a las instituciones y al personal responsable del tratamiento, potabilización y desinfección del agua para que suministren el vital líquido de acuerdo a las normas oficiales mexicanas.

Bellizia Aboaf indicó que con la iniciativa lo que busca es garantizarle a todos los ciudadanos de Tabasco que aquellos servidores públicos o particulares que estén obligados a velar por la correcta potabilización y desinfección del agua para que sea apta para el consumo humano, cumplan con su trabajo y otorguen agua verdaderamente potable a los ciudadanos.

“No podemos permitir que este tipo de conductas que ponen en riesgo la salud de la población se sigan realizando sin ninguna consecuencia; no podemos permitir más negligencias ni que se vuelva una práctica recurrente, pero sobre todo que sean las propias autoridades quienes no cumplan con las disposiciones legales en el tratamiento del agua”, puntualizó.

Cabe señalar que el alcalde de Centro del partido Morena, Evaristo Hernández Cruz, reveló que el agua contaminada que llegaba a las casas de los ciudadanos, fue porque su antecesor, Gerardo Gaudiano Rovirosa, utilizó el dinero destinado a la potabilización del vital líquido para su campaña política por la gubernatura de Tabasco, aunque sin embargo, hasta la fecha no ha interpuesto ninguna denuncia penal.

Cabe señalar que las mismas penas se aplicarán a quien distribuya agua potable o purificada a través de pipa, garrafón o cualquier otro tipo de envase sin contar con los permisos de las autoridades competentes y sin cumplir con el proceso de potabilización o tratamiento del agua para que se apta para el consumo humano.

En la iniciativa presentada por Bellizia Aboaf se adiciona el Capítulo VIII TER, denominado “De Los Delitos Contra el Servicio Público, Potabilización y Distribución del Agua”, así como los artículos 240 ter y 240 quater a la Sección Tercera del Libro Segundo del Código Penal para el Estado de Tabasco.