/ miércoles 6 de abril de 2022

Buscan endurecer condenas contra acosadores en Tabasco

La diputada local, Diana Rodríguez, a través de una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado propone penas de hasta seis años

Con la finalidad de ayudar a disminuir y erradicar el acoso sexual en espacios públicos, la diputada local, Diana Laura Rodríguez Morales, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.

Lee más: De baja dos maestros de nivel básico por hostigamiento sexual en Tabasco

En ese contexto, propuso imponer penas de tres a seis años para el hostigamiento sexual y de dos a cuatro años por acoso sexual, delitos que sufren las tabasqueñas en su vida diaria.

Explicó que el acoso sexual en la calle, en el transporte o en lugares públicos es un componente invisible y altamente normalizado de las interacciones diarias que afecta las vidas de muchas personas, pero del que se habla muy poco por la brevedad de su duración, así como las distintas formas en la que muchas veces se presenta, disfrazándose de halagos o piropos.

Sin embargo, en ocasiones también es perpetrada por compañeros de trabajo, personas conocidas e incluso amistades Expuso que tan solo en las últimas semanas en Tabasco se han presentado 3 casos notorios de acoso sexual, según se ha dado a conocer en los medios de comunicación y en redes sociales:

El 5 de marzo de 2022 una usuaria de redes sociales publicó un video de una persona mostrando los genitales a las personas que se encontraban en el parque Tomás Garrido Canabal.

Otro más el 26 de febrero de 2022 una persona presuntamente en situación de calle agredió a una mujer a las 2:40 de la tarde en el Parque La Paz en Villahermosa, metiendo su mano en el pantalón y ropa interior de la víctima.

Además, el 8 de febrero de 2022 una joven de Jalpa de Méndez grabó y subió a sus redes sociales el video de un hombre que la seguía insistentemente a varios lugares acosándola preguntándole hacía donde iba hasta que comenzó a grabarlo dentro de una tienda dejó de perseguirla.

Para el caso del hostigamiento sexual se plantea reformar el artículo 159 Bis. De forma tal que al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas, religiosas o cualquiera otra que implique subordinación, se le aplicará prisión de tres a seis años.

Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de las penas señaladas, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un término igual a la pena impuesta.

Este delito se perseguirá por querella de parte, salvo que la víctima sea menor de edad o por cualquier circunstancia sea incapaz de comprender el delito, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

Y para el acoso la reforma al artículo 159 Bis plantea que se impondrá prisión de dos a cuatro años de prisión a quien: asedie, por cualquier medio, con fines lascivos, a una persona o solicite la ejecución de un acto de naturaleza sexual, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Asedie reiteradamente, con fines lascivos o sexuales o expresándose de manera verbal o física mediante la realización de actos o acciones de tipo erótico o lujuriosas como caricias, manoseos y tocamientos corporales u obscenos a cualquier persona, sin su consentimiento, en lugares públicos o instalaciones o vehículos destinados al transporte público de pasajeros.

Capte imágenes o realice cualquier registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de su cuerpo, sin su consentimiento y con un carácter erótico-sexual, o realice actos de exhibicionismo, remisión de imágenes o videos con connotación sexual, lasciva o de exhibicionismo corporal, o los solicite, sin que la víctima haya otorgado su consentimiento. Las penas se incrementarán en una mitad cuando se trate de personas en idenfensión, riesgo o menores de edad.

Con la finalidad de ayudar a disminuir y erradicar el acoso sexual en espacios públicos, la diputada local, Diana Laura Rodríguez Morales, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado.

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En ese contexto, propuso imponer penas de tres a seis años para el hostigamiento sexual y de dos a cuatro años por acoso sexual, delitos que sufren las tabasqueñas en su vida diaria.

Explicó que el acoso sexual en la calle, en el transporte o en lugares públicos es un componente invisible y altamente normalizado de las interacciones diarias que afecta las vidas de muchas personas, pero del que se habla muy poco por la brevedad de su duración, así como las distintas formas en la que muchas veces se presenta, disfrazándose de halagos o piropos.

Sin embargo, en ocasiones también es perpetrada por compañeros de trabajo, personas conocidas e incluso amistades Expuso que tan solo en las últimas semanas en Tabasco se han presentado 3 casos notorios de acoso sexual, según se ha dado a conocer en los medios de comunicación y en redes sociales:

El 5 de marzo de 2022 una usuaria de redes sociales publicó un video de una persona mostrando los genitales a las personas que se encontraban en el parque Tomás Garrido Canabal.

Otro más el 26 de febrero de 2022 una persona presuntamente en situación de calle agredió a una mujer a las 2:40 de la tarde en el Parque La Paz en Villahermosa, metiendo su mano en el pantalón y ropa interior de la víctima.

Además, el 8 de febrero de 2022 una joven de Jalpa de Méndez grabó y subió a sus redes sociales el video de un hombre que la seguía insistentemente a varios lugares acosándola preguntándole hacía donde iba hasta que comenzó a grabarlo dentro de una tienda dejó de perseguirla.

Para el caso del hostigamiento sexual se plantea reformar el artículo 159 Bis. De forma tal que al que con fines lascivos asedie reiteradamente a persona de cualquier sexo, valiéndose de su posición jerárquica derivada de sus relaciones laborales, docentes, domésticas, religiosas o cualquiera otra que implique subordinación, se le aplicará prisión de tres a seis años.

Si el hostigador fuese servidor público y utilizare los medios o circunstancias que el encargo le proporcione, además de las penas señaladas, se le destituirá del cargo y se le podrá inhabilitar para ocupar cualquier otro cargo público hasta por un término igual a la pena impuesta.

Este delito se perseguirá por querella de parte, salvo que la víctima sea menor de edad o por cualquier circunstancia sea incapaz de comprender el delito, en cuyo caso se perseguirá de oficio.

Y para el acoso la reforma al artículo 159 Bis plantea que se impondrá prisión de dos a cuatro años de prisión a quien: asedie, por cualquier medio, con fines lascivos, a una persona o solicite la ejecución de un acto de naturaleza sexual, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.

Asedie reiteradamente, con fines lascivos o sexuales o expresándose de manera verbal o física mediante la realización de actos o acciones de tipo erótico o lujuriosas como caricias, manoseos y tocamientos corporales u obscenos a cualquier persona, sin su consentimiento, en lugares públicos o instalaciones o vehículos destinados al transporte público de pasajeros.

Capte imágenes o realice cualquier registro audiovisual del cuerpo de otra persona o de alguna parte de su cuerpo, sin su consentimiento y con un carácter erótico-sexual, o realice actos de exhibicionismo, remisión de imágenes o videos con connotación sexual, lasciva o de exhibicionismo corporal, o los solicite, sin que la víctima haya otorgado su consentimiento. Las penas se incrementarán en una mitad cuando se trate de personas en idenfensión, riesgo o menores de edad.

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