La coordinadora de la fracción parlamentaria de Movimiento Ciudadano (MC) en el Congreso del Estado, Fanny Krystell Vargas Vázquez, adelantó que presentará una propuesta ante el Congreso local para que el Código Penal incluya medidas más estrictas en lo referente a la maternidad subrogada que involucre a extranjeros.
Consideró que el marco legal debe poner mayor rigor en la regulación de la maternidad asistida porque la renta de vientres a veces se convierte en un negocio.
Te puede interesar: Da SCJN vía libre a la gestación asistida en Tabasco
Al reconocer que la SCJN invalidó tres artículos que limitaban la maternidad subrogada, también conocida como "renta de vientres", en el estado de Tabasco, Vargas Vázquez sostiene que no debería haber restricciones para aquellos que desean convertirse en padres o madres mediante esta técnica.
La legisladora emecista consideró que se debe privilegiar el deseo genuino de las parejas de ser padres y no dar pie a que esto se veo como una oportunidad para negociar con la renta de vientres.
Expuso que su partido llevará a cabo un análisis jurídico exhaustivo sobre la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en relación a esta práctica y cómo afecta a Tabasco
"El tema es de gran relevancia y debe ser tratado con seriedad", refirió Vargas Vázquez en entrevista con medios informativos locales.
Lee más: Corte declara inconstitucional que estados reconozcan la vida humana desde la concepción
La legisladora enfatizó que este tema es importante tanto a nivel estatal como nacional, y considera que es necesario tomar medidas para garantizar la seguridad y el bienestar de todas las partes involucradas en este proceso delicado.
Recientemente, el máximo órgano jurisdiccional del país eliminó determinaciones sobre la edad y condición médica de las mujeres que buscan pactar gestación asistida, más conocida como renta de vientres en Tabasco.
Recibe a partir de ahora las noticias más importantes directo a tu WhatsApp
El Pleno del máximo tribunal emitió una declaratoria general de inconstitucionalidad de tres artículos del Código Civil del Estado, que establecía que una mujer tenía que acreditar la imposibilidad física o médica para poder acceder al contrato de reproducción asistida.
Además, que imponía un rango de edad de entre 25 y 40 años para estar en posibilidad de convertirse en madre mediante este procedimiento.