/ lunes 13 de mayo de 2019

Avalan expedición de nueva ley de mejora regulatoria

Aplica para todos los municipios, los cuales deberán implementar políticas públicas

Debido a que de acuerdo a los resultados del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria, Tabasco se encuentra todavía en el proceso de implementación de la mejora regulatoria, debido a que su puntaje lo ubica por debajo de la media nacional en los tres pilares evaluados, la Comisión de Fomento Económico del Congreso Local, avaló la expedición de una nueva Ley de Mejora Regulatoria para Tabasco y sus Municipios.

El dictamen detalla que el Titular del Poder Ejecutivo, al desarrollar el proyecto tomó como premisa las evaluaciones del Doing Business del Banco Mundial y del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria, como un parámetro real que permitiera delinear la estrategia a emplear en el Estado y los municipios, e implementar la política pública de mejora regulatoria.

En el título primero se establece el ámbito de aplicabilidad, es decir, las dependencias y entes gubernamentales estatales y municipales que deberán implementar dicha política pública, así como la obligatoriedad para los órganos autónomos que en el ámbito de su competencia tendrán que aplicar la mejora regulatoria.

Asimismo, se establecen los principios, bases y objetivos de la ley, donde se destaca la finalidad de fomentar la utilización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación para facilitar el acceso de los ciudadanos a las herramientas e instrumentos derivados de la mejora regulatoria.

El título segundo regula el Sistema Estatal de Mejora Regulatoria, cuyo objetivo es coordinar a los órdenes de gobierno estatal y municipal a través de los principios, objetivos, planes, directrices, órganos, instancias y procedimientos para la implementación de la Estrategia Estatal.

Este estará integrado por el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria, la Estrategia Estatal, la Comisión Estatal, las Autoridades Municipales en la materia, y los Sujetos Obligados.

El título tercero señala las herramientas de mejora regulatoria que los Sujetos Obligados deberán implementar de acuerdo a su ámbito de competencia. Se crea la herramienta denominada Catálogo Estatal de Regulaciones, Trámites y Servicios, este catálogo, es la herramienta que compila las regulaciones, los trámites y servicios de todos los sujetos obligados señalados en la Ley. El objeto de este catálogo es otorgar certeza jurídica a las personas, fomentar la transparencia y la utilización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación. Una de las características distintivas de este catálogo, es que la información ahí vertida es pública, y será vinculante para los Sujetos Obligados en su respectiva competencia.

Va CAT contra iniciativas de ocurrencia

Este catálogo se integrará por: el Registro Estatal de Regulaciones y el Registro Municipal de Regulaciones; el Registro Estatal de Trámites y Servicios y el Registro Municipal de Trámites y Servicios; el Expediente Estatal de Trámites y Servicios y Expediente Municipal de Trámites y Servicios; el Registro Estatal de Visitas Domiciliarias y el Registro Municipal de Visitas Domiciliarias; y la Protesta Ciudadana.

Las otras herramientas señaladas en este título son: la Agenda Regulatoria, el Análisis de Impacto Regulatorio, los Programas de Mejora Regulatoria y las Encuestas, Información Estadística y Evaluación en Materia de Mejora Regulatoria.

Debido a que de acuerdo a los resultados del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria, Tabasco se encuentra todavía en el proceso de implementación de la mejora regulatoria, debido a que su puntaje lo ubica por debajo de la media nacional en los tres pilares evaluados, la Comisión de Fomento Económico del Congreso Local, avaló la expedición de una nueva Ley de Mejora Regulatoria para Tabasco y sus Municipios.

El dictamen detalla que el Titular del Poder Ejecutivo, al desarrollar el proyecto tomó como premisa las evaluaciones del Doing Business del Banco Mundial y del Observatorio Nacional de Mejora Regulatoria, como un parámetro real que permitiera delinear la estrategia a emplear en el Estado y los municipios, e implementar la política pública de mejora regulatoria.

En el título primero se establece el ámbito de aplicabilidad, es decir, las dependencias y entes gubernamentales estatales y municipales que deberán implementar dicha política pública, así como la obligatoriedad para los órganos autónomos que en el ámbito de su competencia tendrán que aplicar la mejora regulatoria.

Asimismo, se establecen los principios, bases y objetivos de la ley, donde se destaca la finalidad de fomentar la utilización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación para facilitar el acceso de los ciudadanos a las herramientas e instrumentos derivados de la mejora regulatoria.

El título segundo regula el Sistema Estatal de Mejora Regulatoria, cuyo objetivo es coordinar a los órdenes de gobierno estatal y municipal a través de los principios, objetivos, planes, directrices, órganos, instancias y procedimientos para la implementación de la Estrategia Estatal.

Este estará integrado por el Consejo Estatal de Mejora Regulatoria, la Estrategia Estatal, la Comisión Estatal, las Autoridades Municipales en la materia, y los Sujetos Obligados.

El título tercero señala las herramientas de mejora regulatoria que los Sujetos Obligados deberán implementar de acuerdo a su ámbito de competencia. Se crea la herramienta denominada Catálogo Estatal de Regulaciones, Trámites y Servicios, este catálogo, es la herramienta que compila las regulaciones, los trámites y servicios de todos los sujetos obligados señalados en la Ley. El objeto de este catálogo es otorgar certeza jurídica a las personas, fomentar la transparencia y la utilización de las Tecnologías de la Información y de la Comunicación. Una de las características distintivas de este catálogo, es que la información ahí vertida es pública, y será vinculante para los Sujetos Obligados en su respectiva competencia.

Va CAT contra iniciativas de ocurrencia

Este catálogo se integrará por: el Registro Estatal de Regulaciones y el Registro Municipal de Regulaciones; el Registro Estatal de Trámites y Servicios y el Registro Municipal de Trámites y Servicios; el Expediente Estatal de Trámites y Servicios y Expediente Municipal de Trámites y Servicios; el Registro Estatal de Visitas Domiciliarias y el Registro Municipal de Visitas Domiciliarias; y la Protesta Ciudadana.

Las otras herramientas señaladas en este título son: la Agenda Regulatoria, el Análisis de Impacto Regulatorio, los Programas de Mejora Regulatoria y las Encuestas, Información Estadística y Evaluación en Materia de Mejora Regulatoria.

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