Así puedes tramitar en línea tu incapacidad por Covid en el IMSS

Para evitar traslados y contagios, la dependencia de Salud compartió el mecanismo para obtener un permiso por 10 días de incapacidad por Covid-19.

Marco López | El Heraldo de Tabasco

  · jueves 29 de julio de 2021

Foto: Ilustrativa | El Heraldo de Tabasco

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) habilitó plataformas electrónicas para tramitar incapacidad por Covid-19 para reducir traslados y evitar contagios.

En su portal oficial, el IMSS informó a los derechohabientes que a través de la página http://www.imss.gob.mx/covid-19/permiso, o la app IMSS Digital, el paciente podrá tramitar su permiso COVID.

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De acuerdo al comunicado se detalla que el mecanismo para obtener esta nueva versión de permiso por 10 días entró en vigor en enero de este año y consta en adjuntar la prueba positiva de COVID de un laboratorio externo al IMSS.

Para validar esto, un grupo de médicos del Instituto revisarán la autenticidad de esta prueba, así como la vigencia de la misma.

También deberá adjuntarse una identificación oficial por los dos lados y estado de cuenta con CLABE interbancaria no mayor a tres meses a donde se desea el depósito por parte del IMSS del subsidio que le corresponda, cuando el asegurado cuente con el derecho a recibirlo.

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Se explicó que en caso de que no se cuente con una prueba positiva de un laboratorio externo, el paciente deberá resolver un cuestionario de tamizaje y se le expedirá un certificado por incapacidad de un día, esto para que acuda a un Módulo de Atención Respiratoria del IMSS para hacerse una prueba.

Foto: Cortesía | Twitter

Dependiendo del resultado de la prueba aplicada en el Módulo de Atención Respiratoria, se expide en ese momento el Permiso COVID-19 para acumular el resto de los días hasta llegar a los 10.

Finalmente señala que en caso de que el paciente esté grave, intubado o reincidente ante la enfermedad del SARS-CoV-2, el médico tratante será el encargado de expedir la incapacidad correspondiente, ya que él determinará la duración de la misma, y en caso de ser necesario, otorgar las incapacidades subsecuentes.