Aprueban Ley 'Antibloqueo'

Con 24 votos a favor, uno en contra y cero abstenciones, fue aprobado el nuevo delito penal "Impedimento de ejecución de trabajos u obras".

Fernando Hernández

  · martes 30 de julio de 2019

Un grupo de señoras se manifestaron con gritos en el Congreso en contra de la reforma. /Iván Sánchez

Ante las presiones de los ciudadanos y de grupos parlamentarios del PRI, PRD y Partido Verde, el pleno del Congreso de Tabasco con mayoría de diputados de MORENA, modificó el artículo 308 BIS que criminalizaba las protestas públicas en la entidad, de tal forma que finamente fue aprobado con 24 a favor uno en contra y cero abstenciones, la “Ley AntiExtorsión”, que consiste en la reforma al Código Penal que propone un nuevo tipo penal: “Impedimento de ejecución de trabajos u obras” y dónde se dejan en firme las sanciones de hasta 20 años de prisión a los speudo sindicatos que pretendan extorsionar a las empresas que realicen obras públicas y privadas en la entidad.

La modificación al Artículo fue propuesta por el diputado del PRD, Agustín Silva Vidal y fue avalada con 24 votos a favor y una abstención.

En el dictamen se reforman los artículos 299; 306; 307 y 308 y a la adición al artículo 196 Bis; y del artículo 308 Bis, todos del Código Penal para el Estado de Tabasco La iniciativa la envió al Congreso el gobernador Adán Augusto López Hernández.

La modificación al Artículo 308 quedó de la siguiente manera: "Al que extorsione, coaccione, intenté imponer o imponga cuotas en impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, vehículos, maquinarias o equipos especializados o similar para la ejecución de trabajo de obra pública o privadas en las vías de comunicación de jurisdicción local al que se refiere el artículo 306, se le impondrá prisión de seis a 13 años y multa de 1,000 a 2,000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, sin perjuicio de las penas que correspondan por otros delitos que resulten.

La pena se incrementará en una mitad más cuando en la comisión del delito, el sujeto activo se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".

POLÉMICA

"Al que careciendo de facultad legal, impida total o parcialmente el libre tránsito de personas, se le impondrá prisión de uno a cinco años y una multa de ciento cincuenta a doscientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización. Se aumentará al doble la pena de prisión y multa que le corresponda, cuando el responsable se haga acompañar de personas menores de edad o se emplee violencia".

Durante la aprobación del Orden del Día para la sesión del segundo Periodo Extraordinario de sesiones, un grupo de señoras encabezadas por Vidalia Castillo Javier protestaron gritando traidores, corruptos a los diputados de MORENA y exclamaron que en el 2021 se verán en las urnas, por aprobar reformas para reprimir a los ciudadanos, en alusión a la reforma al Código Penal de Tabasco.

El presidente de la Mesa Directiva, Tomás Brito Lara en tres ocasiones les ha solicitado que se comporten porque de lo contrario utilizará por vez primera el Reglamento y la Ley Orgánica del Congreso, es decir, que las mandaría a desalojar de la sala de sesiones con personal de Logística.