El Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco (IEPCT) aprobó los Lineamientos para la integración, funcionamiento, actualización y conservación del Registro Estatal de personas sancionadas en materia de violencia política.
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Estos determinan a la autoridad responsable de su administración y la intervención que debe tener la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación, pues se preserva el uso de una herramienta tecnológica que facilite la consulta de la información. Esta se encuentra sujeta a las disposiciones en materia de transparencia y protección de datos personales.
Por otro lado, se establece la posibilidad de celebrar convenios o mecanismos de colaboración y coordinación con las autoridades administrativas, jurisdiccionales y penales, tanto federales como locales, para que, conforme a su competencia, proporcionen la información relativa a las resoluciones o sentencias firmes, que permitan mantener actualizado el Registro Estatal y cumplir con el propósito de su implementación.
Adicionalmente, se impone la obligación a los partidos políticos de informar al órgano electoral, respecto de aquellas personas que, conforme a su normativa partidista, resulten sancionadas en materia de violencia política.
Decisión que el órgano electoral, considera acorde a los argumentos que tuvo la Sala Superior para determinar la validez y constitucionalidad de un registro de tal naturaleza.
Medida que permitirá conocer en un sentido más amplio, a quiénes han Infringido, desde el interior de un partido político, los derechos políticos de las mujeres, garantizando con ello, el deber de esta autoridad de proteger y erradicar la violencia contra la mujer, desde cualquier ámbito político.