Es más común de lo que se cree que una persona al morir deje deudas pendientes, lo que supone una preocupación para sus familiares más cercanos quienes piensan que de forma automática las deudas del fallecido pasan a ser suyas.
En caso de que tu padre, madre, cónyuge o cualquier familiar cercano haya muerto y haya dejado algún tipo de deuda, debes tomar en cuenta lo siguiente, sobre todo para evitar malos entendidos.
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¿Debo pagar las deudas de mi familiar fallecido?
Toma en cuenta que en caso de la muerte de un familiar, si dejó cargos en su tarjeta de crédito, no tienes por qué pagarlas ni preocuparte por ellas, sin embargo, si es necesario verificar las finanzas del difunto después de su fallecimiento.
En México, la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) dio a conocer que ninguna persona se encuentra legalmente obligado a pagar las deudas que sean transmitidas por la persona que murió.
¿Qué pasa si soy albacea del difunto?
En caso de que las deudas fueran de un cónyuge o se actúe como albacea del difunto, entonces si tendrías que acudir a la Condusef a solicitar una asesoría. Sin embargo, en caso de que una persona muera sin pagar sus cuentas durante tres meses, las deudas serán perdonadas por la Condusef.
Esto también se aplica a las tarjetas de crédito y las hipotecas. Esto ya que la mayoría de los créditos, así como las deudas de la persona que murió son cubiertas por las pólizas de los seguros de vida que tenga.
Lo que sí hay que tener en cuenta será notificarle a las instituciones bancarias sobre el fallecimiento del familiar para poder llegar a un acuerdo en cuanto al pago de la deuda.