¿Qué pasa si no le pago al SAT?

Todo incumplimiento al SAT genera consecuencias, que van desde advertencias, multas y hasta embargos.

José Pérez / El Heraldo de Tabasco

  · miércoles 14 de febrero de 2024

De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), para llevar a cabo este proceso de manera efectiva, es necesario solicitar la factura de los servicios obtenidos Foto: Iván Sánchez | El Heraldo de Tabasco

Si eres contribuyente del Servicio de Administración Tributaria (SAT), seguramente te has preguntado qué pasaría si dejas de contribuir al fisco o simplemente te retrasas en algunos pagos de tus impuestos.

Lo primero que debes saber es que todo incumplimiento genera consecuencias.

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Es decir, si omitiste hacer los pagos mensuales de los impuestos en el plazo establecido por las disposiciones fiscales, deberás pagar recargos y actualizaciones siempre que la obligación se cumpla de manera espontánea.

De igual forma, el no presentar las declaraciones, solicitudes o avisos que exijan las disposiciones fiscales o presentarlos a requerimiento de la autoridad.

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Pero también no cumplir con los requerimientos de las autoridades fiscales o cumplirlos fuera de los plazos señalados.

Para ello, es importante definir que existen dos tipos de deudas que puedes tener ante el SAT.

Primero se tiene lo que se conoce como Adeudos federales, que surgen en caso de que no realices los pagos de impuestos como ISR (Impuesto Sobre la Renta) el IVA (Impuesto al Valor Agregado), y otros existentes en materia aduanera.

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Pero también existen los llamados Adeudos locales, que se refieren al incumplimiento del pago de tenencia, predial o impuestos de nómina.

En caso de omitir dichos adeudos, esto te puede generar multas, recargos y en algunos casos, hasta llevarte a la cárcel.

¿Cuáles son las consecuencias de no pagar tus adeudos fiscales?

Si ya revisaste los créditos fiscales que tienes pendientes y piensas no pagarlos, te recomendamos reconsiderarlo dos veces, ya que esto puede traerte serias consecuencias, entre ellas, las siguientes:

  • Primero, el SAT reportará la información de tus adeudos fiscales ante el Buró de Crédito y Círculo de Crédito, lo que te generará un mal historial crediticio y reducirá la posibilidad de que adquieras algún crédito financiero.
  • Segundo, el fisco podrá bloquear tus cuentas bancarias y de inversión.

De igual forma, comenzará un Procedimiento Administrativo de Ejecución en tu contra con el que podrán embargar tus pertenencias.

En caso de que seas emprendedor, los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) que generes serán cancelados, por lo que ya no podrás facturar ni cobrar por tus servicios.

Si tienes devoluciones de impuestos pendientes, la autoridad podrá tomar dichos recursos para saldar tus créditos fiscales.

El Buró de Crédito o el Círculo de Crédito solo subirán a su base la información de los créditos fiscales firmes, es decir, aquellos adeudos que han sido determinados por la autoridad y que ya no se pueden impugnar, ya sea porque el plazo legal se venció o porque no fueron desvirtuados.

Si finalmente, continúa pendiente tu deuda ante el SAT, tienes la opción de negociar tu deuda.

Para ello, en la oficina del SAT que en Villahermosa está ubicada en Paseo Tabasco, junto a la Torre Empresarial te podrán asesorar al respecto La atención es más rápida si programaste una cita. Formato de Garantía del Interés Fiscal y escrito libre sellados como acuse de recibo.