Obtén descuentos pagando refrendo hasta abril en Tabasco

La Secretaría de Finanzas mantendrá descuentos hasta el mes de abril en pago de refrendo y canje de placas

Margarita Ramos / El Heraldo de Tabasco

  · jueves 15 de febrero de 2024

Personas realizan fila para hacer un trámite vehicular. Foto: Javier Chávez | El Heraldo de Tabasco

El refrendo vehicular es un pago que se realiza anualmente, por lo que la Secretaría de Finanzas invita a todos los automovilistas a aprovechar los descuentos por pago de refrendo que estarán vigentes hasta el 30 de abril de 2024.

En este sentido, con el propósito que dispongas de estos estímulos, aquí te detallamos cuáles son los descuentos por mes y cuáles son los requisitos para efectuar los pagos.

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Descuentos por mes:

  • 15% en febrero
  • 10% en marzo
  • 5% en abril

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Además, la dependencia indica que estos descuentos en refrendo y canje de placas te dan también 50% de descuento: en recargas, multas y actualizaciones y 30% de descuento: en honorarios de notificación y/o gastos de ejecución si ya fuiste requerido, estas no para multas por infracciones de tránsito.

¿Qué necesito para refrendar?

Estos son los documentos que debes presentar para realizar el pago de refrendo:

  • Tarjeta de circulación o constancia de no infracción (anexar recibo de pago si es constancia de no infracción)
  • Identificación oficial vigente en original: credencial de elector “INE”.

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En caso de no ser el propietario quien realice el trámite deberá proporcionar adicionalmente los siguientes documentos:

  • Carta poder simple en original, dirigida a la Secretaría de Finanzas, original de la identificación oficial de quien recibe el poder y copias fotostáticas legibles de la identificación oficial vigente de quien otorga y de los testigos.
  • Las copias del INE deberán ser en blanco y negro, en tamaño carta.
  • La documentación anexa deberá de validarse en los programas públicos federales: REPUVE e INE.

Requisitos adicionales para empresas

  • Original de la INE del apoderado legal.
  • Acta constitutiva o poder notarial, únicamente en caso de que no concuerde con los escaneados en el 2020, el cajero deberá realizar la búsqueda en el archivo y la validación de los documentos escaneados.

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  • Carta poder membretada en original, dirigida a la Secretaría de Finanzas, original de la identificación oficial de quien recibe el poder y copias fotostáticas legibles de la identificación oficial vigente de quien otorga y de los testigos, en caso de que un tercero se presente a realizar el trámite.