A partir de las 16:00 horas de este viernes, unas 78 mil unidades de negocio que operan en la entidad suspenderán labores al entrar en vigor el Decreto del gobierno del estado que prohíbe la operación de toda la actividad comercial para evitar el aumento en los casos de Covid 19.
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Esta cifra incluye las más de 20 mil empresas que operan en la entidad, pero también los prestadores de servicios y profesionistas, así como los 10 mil patrones que cotizan ante el Instituto Mexicano del Seguro Social.
De acuerdo a los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), en Tabasco operan más de 78 mil unidades de negocio que deberán de cumplir las medidas implementadas por la autoridad estatal que ordenó el cierre total a partir del viernes 8 de mayo de 2020 a las 16:00 horas, reanudando sus actividades el lunes 11 de mayo de 2020 en sus horarios habituales.
Checa que incluye el decreto del "fin de semana especial"
Esto se refiere a supermercados, abarroteras, tiendas de conveniencia, tiendas de autoservicio, tiendas de abarrotes, mercados públicos, central de abasto, vendedores ambulantes y mercados sobre ruedas, aunque también incluye una extensa gama de giros como restaurantes, taquerías, cocinas económicas, pastelerías, establecimientos que expendan pasteles y postres, fondas, establecimientos de comida rápida, ferreterías, tlapalerías, tiendas de pintura, tiendas de materiales de construcción, instituciones bancarias y financieras, casas de empeño y préstamos, y cajas de ahorro.
Cabe señalar que sólo podrán realizar sus ventas en línea o vía telefónica en la modalidad de entrega a domicilio, pero no deberán permitir el acceso al público a sus instalaciones ni realizar ventas presenciales en sucursales.
También se ordenó el cierre temporal de cementerios y panteones públicos y privados, y solo se permitirá el acceso a personas que deban prestar servicios funerarios, así como familiares y amigos que concurran a la inhumación de cádaveres, sin que se exceda de un máximo de 50 personas.
De este modo los establecimientos cuyos giros o actividades se consideran no esenciales deberán permanecer cerrados temporalmente.