A poco más de un mes para que venza el plazo para que las empresas y patrones cumplan con el pago del reparto de utilidades, aun no hay condiciones para que la mayoría de los obligados cumplan con esta disposición de ley.
Esto debido a que de acuerdo a la Coparmex todavía no hay utilidades por lo que son mínimas las empresas que hasta ahora han otorgado esta prestación a sus empleados.
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“Se va a repartir la utilidad que exista, en el tiempo en que se determine, mientras no se revierta la curva de caída que se tiene de negativo a positivo, no se puede hablar de utilidades, pero es algo que por ley como patrones siempre vamos a cumplir”, señaló el presidente de la Coparmex local, José Luis Zúñiga Lozano.
Indicó que tras casi 3 años de la pandemia no hay ganancias, sino la sobrevivencia de las unidades de negocios que evitaron el cierre definitivo.
Refirió que en la entidad, el 90 por ciento de las micro, pequeñas y medianas empresas no generó utilidades, sino que sobrevivieron generando ingresos para vivir al día.
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"El tema del reparto de utilidades, no hay ni utilidad, no hay ganancia, hay sobrevivencia de las empresas y muchas no lograron transitar desde el día 1 de la pandemia hasta lo que hemos visto actualmente, apenas empezamos a ver una actividad económica por consecuencia, el empresario lejos de estar pensando en contratar, está pensando en rejuntar nuevamente sus canicas y ver cómo enfrentar el reto que tenemos por delante”, argumentó.
Recordó que desde su inicio hasta la fecha, la pandemia ha cerrado al menos 10 mil negocios en Tabasco, donde incluso las plazas comerciales en general tienen puntos de operación de hasta un 5% y de la plantilla existente de las empresas no se han generado nuevas oportunidades laborales.
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Cabe señalar que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social dio a conocer que las empresas tienen hasta el 31 de mayo para darle a sus trabajadores las utilidades. Las personas que labora para una persona física (patrón), el plazo máximo es el 29 de junio.
El reparto de utilidades es un derecho constitucional, irrenunciable y adquirido de los trabajadores, por lo que prácticamente todas las empresas y patrones están obligados a dar a sus trabajadores esta prestación.
¿Qué empresas no deben dar utilidades?
De acuerdo con el artículo 126 de la Ley Federal del Trabajo que están exentas del pago de utilidades son:
- Las empresas de nueva creación, durante el primer año de funcionamiento.
- Las empresas de nueva creación, dedicadas a la elaboración de un producto nuevo, durante los dos primeros años de funcionamiento.
- Las instituciones de asistencia privada.
- El Instituto Mexicano del Seguro Social y las instituciones públicas descentralizadas con fines culturales.