Quedan 8 días para el pago del Reparto de Utilidades y aun hay varias empresas que tienen dificultades para cumplirlo, dado que vienen arrastrando problemas por la pandemia de Covid 19, deudas con CFE y rentas.
Sin embargo, a fin de cuentas tendrán que hacer frente a esta obligación, ya que de lo contrario podrían hacerse acreedores a sanciones.
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De acuerdo a la fracción II del artículo 994 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), los patrones que incumplan la obligación del reparto de utilidades tendrán que pagar una multa de entre 250 y 5 mil UMA diarias.
En ese sentido, el presidente de la Coparmex Tabasco, José Luis Zúñiga Lozano, indicó que se tiene un buen ritmo en el cumplimiento de esta prestación.
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“Bastante bien, se va cumpliendo en la medida de lo posible que las empresas van reportando las utilidades cumpliendo con los colaboradores que son núcleo importante de esta generación de utilidades”, señaló.
Explicó que como bien lo dice el termino se reparten las utilidades, aunque sin duda habrá empresas que todavía vengan saliendo de la pandemia, que estén recuperándose y que no reportarán utilidades en el ejercicio anterior
Sin embargo, dijo que están poniéndose al corriente en este tipo de obligaciones.
Cuestionado sobre el porcentaje de empresas que están en problemas, comentó: “Es un número un poco complicado de definir, dado que las pérdidas fueron mayores, por lo que hay empresas que inclusive mantuvieron deudas, desde CFE hasta rentas que los dueños de locales tuvieron a bien que disminuir o soportar estos momentos y que se tiene que pagar con posterioridad”.
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Pese a ello, aseguró que todas las que generen utilidades sin duda lo van a pagar el cien por ciento, “en eso no hay dudas”, dijo.
Cabe señalar que el Reparto de Utilidades s un derecho constitucional que tienen los trabajadores para recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o un patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece en el mercado.
A más tardar el 30 de mayo en el caso de los trabajadores que laboran para una persona moral (empresa), mientras que las personas que trabajan para una persona física (patrón), deberán recibir el pago a más tardar el 29 de junio.