El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que el 31 de mayo es el último día para que las Donatarias presenten su Declaración de Transparencia correspondiente al ejercicio 2023 y pone a disposición diversos canales de atención para cumplir con esta obligación fiscal.
Las donatarias autorizadas deben cumplir con una serie de requisitos para operar de forma correcta y poder recibir aportaciones; sin embargo, una de estas es la declaración informativa de transparencia.
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El Servicio de Administración Tributaria (SAT) precisó que las donatarias autorizadas tienen hasta el 31 de mayo de 2024 para presentar su Declaración de Transparencia del ejercicio 2023.
El objetivo de este proceso es dar certeza a las personas que las aportaciones que les brindan a las donatarias tienen un fin relacionado a las actividades que realizan y es en beneficio del país.
¿Qué es una donataria?
Las donatarias son organizaciones sin fines de lucro que, al tener la autorización del SAT, se consideran no contribuyentes del ISR por los ingresos que obtengan, además de contar con otros beneficios fiscales.
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Entre las obligaciones que tienen se encuentran:
- Presentar declaración anual a más tardar el 15 de febrero de cada año.
- Exhibir la declaración informativa por operaciones o donativos recibidos mayores a 100 mil pesos.
- Enterar las retenciones efectuadas.
- Presentar declaración informativa de transparencia.
- Presentar la declaración informativa de partes relacionadas, si se realizan operaciones o donaciones con partes relacionadas.
- Exhibir el informe correspondiente en el Sistema del Portal de Prevención de Lavado de Dinero (SPPLD).
- Presentar el aviso de actualización de estructura accionaria.
- Emitir los comprobantes fiscales de los donativos recibidos.
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En un comunicado el SAT insistió en que esta obligación fiscal es necesaria para que no sean dadas de baja o acreedoras a sanciones y debe ser congruente con su declaración anual de ingresos.
Las donatarias son organizaciones sin fines de lucro que, al tener la autorización del SAT, se consideran no contribuyentes del impuesto sobre la renta (ISR) por los ingresos que obtengan, además de contar con otros beneficios fiscales.
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Es por ello que la Ley del ISR establece la obligación de mantener a disposición del público en general la información relativa a sus donativos, la cual se puede consultar a través del Portal del SAT o del minisitio: http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/Paginas/index.html
Para cualquier duda, el SAT proporciona los siguientes medios de contacto:
- MarcaSAT: desde cualquier parte del país 55 627 22 728 y para el exterior del país (+52) 55 627 22 728, opción 6, de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas, excepto días inhábiles.
- Chat uno a uno: chat.sat.gob.mx
- Oficinas del SAT ubicadas en diversas ciudades del país, pueden consultar el módulo más cercano a su domicilio en https://www.sat.gob.mx/personas/directorio-nacional-de-modulos-de-servicios-tributarios
- OrientaSAT: disponible en el Portal del SAT.