Si cumpliste 65 años o más solicita tu Pensión Bienestar, aquí fechas

Las personas que cumplieron entre julio y agosto 65 años y más ya pueden solicitar su Pensión Bienestar, por lo que El Heraldo de Tabasco te da a conocer las fechas

Roberto Gómez / El Heraldo de Tabasco

  · viernes 16 de agosto de 2024

Adultos mayores ya pueden inscribirse a la Pensión Bienestar. Foto: Iván Sánchez / El Heraldo de Tabasco

Los hombres y mujeres que cumplieron 65 años o más entre julio y agosto ya pueden solicitar su Pensión Bienestar de las Personas Adultas Mayores, cuyo monto es de 6 mil pesos bimestrales, por lo que El Heraldo de Tabasco te informa las fechas para registrarse.

Lo primero que debes hacer es consultar dónde se ubica tu módulo en la página de la instancia federal (https://ubicatumodulo.bienestar.gob.mx/). Deberás tener en cuenta que el registró será conforme a la primer letra de tu apellido paterno.

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Además, las fechas para acudir a los módulos serán del 19 al 31 de agosto, en horario de 10:00 a 16:00 horas, con los siguientes requisitos:

  • Identificación oficial vigente:
  • Credencial de elector
  • Pasaporte
  • Cartilla
  • Cédula profesional
  • Credencial del INAPAM o carta de identidad
  • Acta de nacimiento
  • Curp (impresión reciente)
  • Comprobante de domicilio no mayor a seis meses (teléfono, luz, gas, agua o predial)
  • Teléfono de contacto (Celular y de casa)

Los módulos en el municipio de Centro están en la calle Ceiba, exterior 410, interior 1, manzana 2, colonia Primero de Mayo; y en calle Cerrada del Caminero, exterior 17, interior 1, manzana 2, lote 1, colonia Primero de Mayo.

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Cabe señalar que las personas adultas mayores tienen derecho a registrar una persona auxiliar que las represente en los trámites, y debe presentar los mismos documentos.

De acuerdo al gobierno federal, el objetivo es contribuir al bienestar de las personas adultas mayores a través de la entrega de una pensión no contributiva que ayude a mejorar las condiciones de vida y que a su vez permita el acceso a la protección social.

¿Qué pasa si la persona derechohabiente fallece?

En caso de fallecimiento de la persona derechohabiente, se entregará a la persona registrada como su auxiliar, por única vez, el Apoyo Económico de Pago de Marcha.

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Si la persona derechohabiente no hubiera designado a un auxiliar, el Comité Técnico del Programa podrá determinar bajo circunstancias especiales, el otorgamiento de este apoyo.

Para la emisión del Apoyo Económico de Pago de Marcha, será indispensable que la persona auxiliar, no haya recibido ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento de la persona derechohabiente.

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El Pago de Marcha podrá ser solicitado por el auxiliar, presentando los siguientes requisitos:

  • Identificación oficial vigente
  • Original del acta de defunción y/o constancia médica

En caso de no confirmar la defunción del derechohabiente durante el periodo señalado, se perderá el derecho de este apoyo