Guía completa sobre pensiones del IMSS: Regímenes del 73 vs. 97

La Ley del Seguro Social en México establece dos regímenes distintos para pensiones gestionadas por el IMSS, dependiendo de si el trabajador inició sus cotizaciones antes o después del 1 de julio de 1997

Deysi Osorio / El Heraldo de Tabasco

  · lunes 1 de julio de 2024

Clínica 46 del IMSS. Foto: Carlos Pérez / El Heraldo de Tabasco

En México, las pensiones y jubilaciones gestionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) presentan variaciones fundamentales dependiendo de si el trabajador inició sus cotizaciones antes o después del 1 de julio de 1997.

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Esta distinción se originó a raíz de una reforma a la Ley del Seguro Social durante el gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León, modificando sustancialmente el esquema de ingresos para los jubilados.

Para quienes se adscribieron al régimen previo a 1997, el IMSS garantiza dos tipos de pensiones vitalicias: la Pensión por Vejez, que asegura el 100% del sueldo promedio de los últimos cinco años para aquellos que se jubilen a partir de los 65 años, y la Pensión por Cesantía, disponible para quienes opten por jubilarse entre los 60 y 64 años, con un porcentaje escalonado del sueldo promedio. Es requisito mínimo haber cotizado al menos 500 semanas para acceder a cualquiera de estas pensiones.

En contraste, bajo el régimen posterior a 1997, las modalidades de pensión se basan en los ahorros acumulados a través de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores). Los trabajadores pueden optar por una Renta Vitalicia, que proporciona un ingreso de por vida ajustado por inflación, o por un Retiro Programado, donde el ingreso mensual depende de los ahorros acumulados y la esperanza de vida calculada. Existe también una Pensión Garantizada para quienes cumplen con los requisitos de edad y cotizaciones mínimas, ofreciendo un ingreso básico.

Para determinar a cuál régimen pertenecen, los trabajadores deben verificar la fecha de inicio de sus cotizaciones al IMSS.