En México, las pensiones y jubilaciones gestionadas por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) presentan variaciones fundamentales dependiendo de si el trabajador inició sus cotizaciones antes o después del 1 de julio de 1997.
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Esta distinción se originó a raíz de una reforma a la Ley del Seguro Social durante el gobierno de Ernesto Zedillo Ponce de León, modificando sustancialmente el esquema de ingresos para los jubilados.
Para quienes se adscribieron al régimen previo a 1997, el IMSS garantiza dos tipos de pensiones vitalicias: la Pensión por Vejez, que asegura el 100% del sueldo promedio de los últimos cinco años para aquellos que se jubilen a partir de los 65 años, y la Pensión por Cesantía, disponible para quienes opten por jubilarse entre los 60 y 64 años, con un porcentaje escalonado del sueldo promedio. Es requisito mínimo haber cotizado al menos 500 semanas para acceder a cualquiera de estas pensiones.
En contraste, bajo el régimen posterior a 1997, las modalidades de pensión se basan en los ahorros acumulados a través de las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores). Los trabajadores pueden optar por una Renta Vitalicia, que proporciona un ingreso de por vida ajustado por inflación, o por un Retiro Programado, donde el ingreso mensual depende de los ahorros acumulados y la esperanza de vida calculada. Existe también una Pensión Garantizada para quienes cumplen con los requisitos de edad y cotizaciones mínimas, ofreciendo un ingreso básico.
Para determinar a cuál régimen pertenecen, los trabajadores deben verificar la fecha de inicio de sus cotizaciones al IMSS.