¿Eres trabajadora del hogar? Esta información te interesa
Para el Instituto Mexicano del Seguro Social, es importante que las personas que realizan trabajos del hogar conozcan que estar afiliadas es parte de sus derechos laborales.
Al igual que otra empleada o empleado, como persona trabajadora del hogar tienes derecho a la salud y a la seguridad social.
Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social prevé, sin restricciones ni tiempos de espera:
Enfermedades y Maternidad
Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios
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Pago de incapacidades por enfermedad general
Riesgos de Trabajo
Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones
Incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo
Invalidez y Vida
Pensión de invalidez para el asegurado
Pensión para los beneficiarios en caso de muerte del asegurado
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez
Ahorro para el retiro (en su caso, pensión)
Guarderías y Prestaciones Sociales
Estancias infantiles para el cuidado de menores
Actividades de esparcimiento (deportivas y culturales)
Vivienda
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Como persona trabajadora del hogar tienes derecho a que tu empleador realice el pago de las aportaciones al INFONAVIT, con lo cual podrás contar con ahorro para acceder a un crédito para una vivienda, así como a toda una gama de productos y servicios que ofrece dicha Institución.
Beneficiarios
Los beneficiarios legales de la persona trabajadora del hogar son:
Cónyuge o concubina(o).
Hijos(as): menores de 16 años o hasta los 25 años si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional o cuentan con un Dictamen de Incapacidad Física o Psíquica del IMSS.
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Padres: si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente del asegurado.
Por ello, el Instituto exhortó a las personas que se dedican a esta labor, a realizar su registro al IMSS acudiendo a su delegación más cercana.