/ viernes 30 de agosto de 2024

Promueve IMSS derechos laborales de trabajadoras del hogar

Las trabajadoras del hogar tienen derecho a la salud y a la seguridad social

¿Eres trabajadora del hogar? Esta información te interesa

Para el Instituto Mexicano del Seguro Social, es importante que las personas que realizan trabajos del hogar conozcan que estar afiliadas es parte de sus derechos laborales.

Al igual que otra empleada o empleado, como persona trabajadora del hogar tienes derecho a la salud y a la seguridad social.

Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social prevé, sin restricciones ni tiempos de espera:

Enfermedades y Maternidad

Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios

Te puede interesar: Prevé Fonacot Tabasco otorgar mil 109 mdp en créditos este año

Pago de incapacidades por enfermedad general

Riesgos de Trabajo

Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones

Incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo

Invalidez y Vida

Pensión de invalidez para el asegurado

Pensión para los beneficiarios en caso de muerte del asegurado

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Ahorro para el retiro (en su caso, pensión)

Guarderías y Prestaciones Sociales

Estancias infantiles para el cuidado de menores

Actividades de esparcimiento (deportivas y culturales)

Vivienda

Seguir leyendo: Influyeron "coyotes" en crisis del cacao: Vicente Gutiérrez Cacep

Como persona trabajadora del hogar tienes derecho a que tu empleador realice el pago de las aportaciones al INFONAVIT, con lo cual podrás contar con ahorro para acceder a un crédito para una vivienda, así como a toda una gama de productos y servicios que ofrece dicha Institución.

Beneficiarios

Los beneficiarios legales de la persona trabajadora del hogar son:

Cónyuge o concubina(o).

Hijos(as): menores de 16 años o hasta los 25 años si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional o cuentan con un Dictamen de Incapacidad Física o Psíquica del IMSS.

Únete a nuestro canal de WhatsApp y mantente al tanto de las noticias en Tabasco y el mundo

Padres: si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente del asegurado.

Por ello, el Instituto exhortó a las personas que se dedican a esta labor, a realizar su registro al IMSS acudiendo a su delegación más cercana.

¿Eres trabajadora del hogar? Esta información te interesa

Para el Instituto Mexicano del Seguro Social, es importante que las personas que realizan trabajos del hogar conozcan que estar afiliadas es parte de sus derechos laborales.

Al igual que otra empleada o empleado, como persona trabajadora del hogar tienes derecho a la salud y a la seguridad social.

Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social prevé, sin restricciones ni tiempos de espera:

Enfermedades y Maternidad

Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones para la persona trabajadora del hogar y sus beneficiarios

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Atención médica, farmacéutica y hospitalaria, sin restricciones

Incapacidad por accidente de trabajo y enfermedad de trabajo

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Pensión de invalidez para el asegurado

Pensión para los beneficiarios en caso de muerte del asegurado

Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez

Ahorro para el retiro (en su caso, pensión)

Guarderías y Prestaciones Sociales

Estancias infantiles para el cuidado de menores

Actividades de esparcimiento (deportivas y culturales)

Vivienda

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Como persona trabajadora del hogar tienes derecho a que tu empleador realice el pago de las aportaciones al INFONAVIT, con lo cual podrás contar con ahorro para acceder a un crédito para una vivienda, así como a toda una gama de productos y servicios que ofrece dicha Institución.

Beneficiarios

Los beneficiarios legales de la persona trabajadora del hogar son:

Cónyuge o concubina(o).

Hijos(as): menores de 16 años o hasta los 25 años si continúan estudiando en el Sistema Educativo Nacional o cuentan con un Dictamen de Incapacidad Física o Psíquica del IMSS.

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Padres: si viven en el mismo domicilio y dependen económicamente del asegurado.

Por ello, el Instituto exhortó a las personas que se dedican a esta labor, a realizar su registro al IMSS acudiendo a su delegación más cercana.

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