Ante la muerte de un ser querido, las personas tienen que atravesar por un proceso de duelo que les permita superar esa pérdida, aunque eso no es todo, ya que también es necesario desembolsar una gran cantidad de dinero para cubrir los gastos funerarios, pero si víctima esta afiliado al IMSS o ISSSTE puedes solicitar un apoyo.
Se estima que en el estado de Puebla los ciudadanos tienen que pagar una cifra mayor a 10 mil pesos y en ocasiones puede alcanzar los 70 mil. Esto es así porque es indispensable tomar en cuenta diferentes factores, como la cantidad de asistentes que van a un velorio, la calidad de los ataúdes, o el proceso que se realizará con el cuerpo.
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Existe una prestación que tiene el objetivo de apoyar a los ciudadanos que se encuentren en esta situación. Esta opción está disponible tanto en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), como en el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), a continuación, te compartiremos los detalles.
¿En qué consiste la ayuda para gastos funerarios del IMSS?
Se trata de una prestación que tiene el objetivo de apoyar a las personas para que puedan solventar una parte del dinero que gastarán en todo el proceso del funeral. Solamente puede solicitarse cuando muere el titular, es decir, el empleado que estaba asegurado.
El monto que se otorga es dos veces el valor mensual de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Este parámetro suele cambiar de manera periódica, pero tomando en cuenta los datos de este 2022, la cantidad que reciben los seres queridos del difunto será de 5 mil 850 pesos.
También, se indicó que es posible hacer la solicitud si se trata de un derechohabiente que estaba trabajando de forma normal, o igual si se es un pensionado. Estos son los requisitos que se deben cumplir para que se brinde el capital:
Requisitos del IMSS
La persona asegurada deberá contar con un mínimo 12 semanas de cotización en un lapso de 9 meses anteriores a su muerte. En caso de que el fallecimiento se produzca por algún tipo de riesgo laboral, no se pedirán las semanas cotizadas.
Todos los derechos del seguro médico deberán estar vigentes al momento de la defunción.
La gente pensionada igual deberá contar con todos los derechos vigentes. Cabe señalar que solo puede hacer el trámite un familiar.
¿Cómo se hace la solicitud?
Los ciudadanos interesados tendrán que acudir a su Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda, en un horario de 8:00 a 15:00 horas de lunes a viernes. Aquí tendrás que presentar la siguiente documentación:
- Identificación oficial y copia del solicitante.
Certificado de defunción del derechohabiente.
- Cualquier documento que contenga el Número de Seguridad Social (NSS) del derechohabiente o pensionado.
- Clave Única de Registro de Población (CURP).
- Cuenta Original de los gastos de funeral.
¿En qué consiste la ayuda para gastos funerarios del ISSSTE?
Es un apoyo que el ISSSTE otorga cuando el titular pensionado muere. En este caso, lo puede solicitar cualquier persona, no importa que no sea un familiar del difunto; lo único que se debe realizar es comprobar que el interesado cubrió los gastos funerarios del derechohabiente.
De acuerdo a lo establecido por el organismo, en total se brindará un pago que corresponderá a 120 días de pensión, esto quiere decir, que es equivalente a los cuatro meses del depósito que percibía el derechohabiente al momento de fallecer.
Los documentos que se necesitan son:
- Certificado de defunción del derechohabiente.
- Factura correspondiente a los gastos funerarios.
- Credencial de la persona pensionada que haya sido expedida por el ISSSTE.
- Clave Única de Registro de Población (CURP) actualizado.
- Identificación oficial vigente de la persona que demuestre que haya solventado todos los gastos del funeral, puede ser: INE, pasaporte o Cédula profesional que acredite su identidad.
¿Cómo se hace la solicitud?
Se debe presentar esta documentación en el Departamento de Pensiones, Seguridad e Higiene del ISSSTE que te toque de acuerdo a tu domicilio. El trámite es completamente gratuito y el tiempo de respuesta es de 90 días hábiles.
La solicitud en el ISSSTE se puede llevar a cabo dentro de los 5 años posteriores al deceso del pensionista. No obstante, es de suma importancia que se obtenga la factura de los gastos funerarios en el mes en que ocurrió el fallecimiento.
Publicado originalmente en El Sol de Puebla