/ domingo 30 de junio de 2024

Conoce precios de colegiaturas en escuelas particulares de Tabasco

Las escuelas particulares son una opción educativa para los jóvenes, pero no son baratas, por lo que aquí te mostramos precios de colegiaturas en estos planteles en Tabasco

Las escuelas particulares son una opción para que el o la joven reciba una educación, pero a diferencia de las escuelas públicas donde se paga una cuota, en las mencionadas el costo es mensual y por ende, más elevado, siendo una diferencia considerable, pero si el padre de familia tiene pensado en inscribir a su hijo o hijos en este tipo de planteles, aquí mostramos un aproximado de precios de colegiaturas y así el interesado tendrá una idea de cuánto desembolsará.

El tutor o tutora puede conocer el monto que desembolsará yendo a estos lugares o puede realizar una búsqueda por la internet, pero en caso de ingresar a las páginas web, no todas las escuelas de paga muestran el costo de las mensualidades, en cambio tienen un teléfono de contacto para que den información al respecto. Aparte, los sitios consultados muestran que su oferta educativa es desde prekínder (no en todos) hasta preparatoria.

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Es importante que uno tenga bien claro si el precio de la colegiatura incluye el uniforme, cierto material escolar y cursos extraescolares, ya que algunos colegios lo consideran aparte, por lo que en estos casos se tendrá que pagar un extra.

¿Escuela y colegio son lo mismo?

Una diferencia entre una y otra es la cuestión monetaria, como se ha indicado en los párrafos anteriores, pero más allá de tal contraste, la Real Academia Española (RAE) responde la pregunta. Para empezar un colegio es “casa o convento de una congregación o instituto religioso destinado a estudios”, “sociedad o corporación de personas de una misma profesión, a la que generalmente se atribuyen funciones de ordenación y disciplina de la actividad profesional. Colegio de abogados, de médicos”.

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Al leer tales definiciones uno puede pensar que el concepto referido es diferente a como se concibe una escuela, pero la misma RAE indica: “Establecimiento de enseñanza para niños y jóvenes” y “clase o clases que se dan en un colegio”. la última definición, aunque coloquial, está dentro del concepto. De tal manera que escuela y el término consultado son lo mismo, reconociendo que sus significados son variados.

El gasto que se puede hacer al inscribir a tu hijo en una escuela particular es considerable. Foto: Cortesía / Pixabay

¿Cuánto pagaré de colegiatura en escuelas de Tabasco?

Ahora, los padres de familia que quieran inscribir a sus hijos en escuelas de paga deben considerar que el desembolso puede ser mensual o en una exhibición. El gasto que harán no es poco, empezado por la inscripción del estudiante. Expresado lo anterior, mostramos un aproximado de precios, según el nivel educativo:

  • Inscripción: de $4,500 a $5,000
  • Prekínder: Alrededor de $3,000 mensuales, pago total puede ser $33,000
  • Primaria: $3000 a 4000 mensuales, pago total de $33,000 a $44,000
  • Secundaria: $3,600 a $5,000 mensuales, pago total de 39,600 a $55,000
  • Preparatoria: $4,000 a $5,500 mensuales, pago total de 44,000 a $60,500

¿Qué señala la Profeco sobre las escuelas privadas?

Cabe señalar que los colegios o escuelas privadas ofrecen en general el desarrollo de habilidades, valores y actitudes en un ambiente de respeto, con el objetivo de preparar al joven para el éxito en cualquier ámbito. Pero más allá de lo que uno puede encontrar en sus sitios web, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señala:

Las escuelas deberán informarte por escrito antes de la inscripción para cada ciclo, la lista de programas y grados educativos que ofrecen, así como la información de la incorporación a la SEP para su validez oficial y, en caso de no ser así, deben informarte que sus estudios no tienen validez oficial. También, deben informarte de los costos totales de al menos los siguientes conceptos:

  • Inscripción o reinscripción
  • Colegiaturas, así como el número de éstas
  • Derechos por incorporación en su caso
  • Cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, cursos complementarios fuera del horario normal de clases, prácticas deportivas especiales y otras actividades extracurriculares
  • Transporte, cuando lo provean directamente los prestadores del servicio educativo o las bases de cobro, si los padres de familia, tutores o usuarios del servicio, lo contratan directamente con un permisionario o concesionario ajeno a él
  • Servicios de alimentación, que el prestador otorgue de manera opcional, cuando el educando permanece tiempo adicional al horario escolar
  • Calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora
  • Darte a conocer el calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora
  • Deben entregarte el reglamento escolar, así como la información para comunicarte con los directivos del plantel y los horarios de atención

¿Las escuelas particulares pueden retener documentos del estudiante?

Ten en cuenta que, si dejas de pagar tres o más colegiaturas, los proveedores pueden dar por terminada la relación contractual y deberán notificar esta posibilidad con al menos 15 días de anticipación, pero al ser la educación básica y media superior obligatorias, las escuelas no pueden retener documentación oficial y la deben entregar a los usuarios en máximo 15 días después de solicitarla y sin costo alguno.

Sigue leyendo: Egresan alumnos de Ciencias Económico Administrativas la UJAT

Además, toda práctica consistente en exhibir mediante listas, nombramientos u otra forma, a aquellos estudiantes cuyos padres o tutores o ellos mismos, no cumplan con aportaciones ordinarias o extraordinarias solicitadas, es una violación a la Ley y pueden ser sancionados de acuerdo a la misma.

En los casos en los que el estudiante cambie de escuela por razones como cambio de residencia, o preferencia por otra institución, el proveedor tiene 15 días naturales para entregarte la documentación oficial, una vez que les hayas avisado la intención de no continuar en dicho plantel. Corresponderá a la Profeco vigilar el cumplimiento del Acuerdo y los contratos en el ámbito de su competencia. Aquellos aspectos no comerciales de la prestación del servicio educativo corresponderán a las autoridades educativas competentes.

Las escuelas particulares son una opción para que el o la joven reciba una educación, pero a diferencia de las escuelas públicas donde se paga una cuota, en las mencionadas el costo es mensual y por ende, más elevado, siendo una diferencia considerable, pero si el padre de familia tiene pensado en inscribir a su hijo o hijos en este tipo de planteles, aquí mostramos un aproximado de precios de colegiaturas y así el interesado tendrá una idea de cuánto desembolsará.

El tutor o tutora puede conocer el monto que desembolsará yendo a estos lugares o puede realizar una búsqueda por la internet, pero en caso de ingresar a las páginas web, no todas las escuelas de paga muestran el costo de las mensualidades, en cambio tienen un teléfono de contacto para que den información al respecto. Aparte, los sitios consultados muestran que su oferta educativa es desde prekínder (no en todos) hasta preparatoria.

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Es importante que uno tenga bien claro si el precio de la colegiatura incluye el uniforme, cierto material escolar y cursos extraescolares, ya que algunos colegios lo consideran aparte, por lo que en estos casos se tendrá que pagar un extra.

¿Escuela y colegio son lo mismo?

Una diferencia entre una y otra es la cuestión monetaria, como se ha indicado en los párrafos anteriores, pero más allá de tal contraste, la Real Academia Española (RAE) responde la pregunta. Para empezar un colegio es “casa o convento de una congregación o instituto religioso destinado a estudios”, “sociedad o corporación de personas de una misma profesión, a la que generalmente se atribuyen funciones de ordenación y disciplina de la actividad profesional. Colegio de abogados, de médicos”.

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Al leer tales definiciones uno puede pensar que el concepto referido es diferente a como se concibe una escuela, pero la misma RAE indica: “Establecimiento de enseñanza para niños y jóvenes” y “clase o clases que se dan en un colegio”. la última definición, aunque coloquial, está dentro del concepto. De tal manera que escuela y el término consultado son lo mismo, reconociendo que sus significados son variados.

El gasto que se puede hacer al inscribir a tu hijo en una escuela particular es considerable. Foto: Cortesía / Pixabay

¿Cuánto pagaré de colegiatura en escuelas de Tabasco?

Ahora, los padres de familia que quieran inscribir a sus hijos en escuelas de paga deben considerar que el desembolso puede ser mensual o en una exhibición. El gasto que harán no es poco, empezado por la inscripción del estudiante. Expresado lo anterior, mostramos un aproximado de precios, según el nivel educativo:

  • Inscripción: de $4,500 a $5,000
  • Prekínder: Alrededor de $3,000 mensuales, pago total puede ser $33,000
  • Primaria: $3000 a 4000 mensuales, pago total de $33,000 a $44,000
  • Secundaria: $3,600 a $5,000 mensuales, pago total de 39,600 a $55,000
  • Preparatoria: $4,000 a $5,500 mensuales, pago total de 44,000 a $60,500

¿Qué señala la Profeco sobre las escuelas privadas?

Cabe señalar que los colegios o escuelas privadas ofrecen en general el desarrollo de habilidades, valores y actitudes en un ambiente de respeto, con el objetivo de preparar al joven para el éxito en cualquier ámbito. Pero más allá de lo que uno puede encontrar en sus sitios web, la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) señala:

Las escuelas deberán informarte por escrito antes de la inscripción para cada ciclo, la lista de programas y grados educativos que ofrecen, así como la información de la incorporación a la SEP para su validez oficial y, en caso de no ser así, deben informarte que sus estudios no tienen validez oficial. También, deben informarte de los costos totales de al menos los siguientes conceptos:

  • Inscripción o reinscripción
  • Colegiaturas, así como el número de éstas
  • Derechos por incorporación en su caso
  • Cobros por exámenes extraordinarios, cursos de regularización, duplicados de certificados, constancias, credenciales, cursos complementarios fuera del horario normal de clases, prácticas deportivas especiales y otras actividades extracurriculares
  • Transporte, cuando lo provean directamente los prestadores del servicio educativo o las bases de cobro, si los padres de familia, tutores o usuarios del servicio, lo contratan directamente con un permisionario o concesionario ajeno a él
  • Servicios de alimentación, que el prestador otorgue de manera opcional, cuando el educando permanece tiempo adicional al horario escolar
  • Calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora
  • Darte a conocer el calendario de pagos, descuentos por pago anticipado y recargos por mora
  • Deben entregarte el reglamento escolar, así como la información para comunicarte con los directivos del plantel y los horarios de atención

¿Las escuelas particulares pueden retener documentos del estudiante?

Ten en cuenta que, si dejas de pagar tres o más colegiaturas, los proveedores pueden dar por terminada la relación contractual y deberán notificar esta posibilidad con al menos 15 días de anticipación, pero al ser la educación básica y media superior obligatorias, las escuelas no pueden retener documentación oficial y la deben entregar a los usuarios en máximo 15 días después de solicitarla y sin costo alguno.

Sigue leyendo: Egresan alumnos de Ciencias Económico Administrativas la UJAT

Además, toda práctica consistente en exhibir mediante listas, nombramientos u otra forma, a aquellos estudiantes cuyos padres o tutores o ellos mismos, no cumplan con aportaciones ordinarias o extraordinarias solicitadas, es una violación a la Ley y pueden ser sancionados de acuerdo a la misma.

En los casos en los que el estudiante cambie de escuela por razones como cambio de residencia, o preferencia por otra institución, el proveedor tiene 15 días naturales para entregarte la documentación oficial, una vez que les hayas avisado la intención de no continuar en dicho plantel. Corresponderá a la Profeco vigilar el cumplimiento del Acuerdo y los contratos en el ámbito de su competencia. Aquellos aspectos no comerciales de la prestación del servicio educativo corresponderán a las autoridades educativas competentes.

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