Trabajadoras del hogar: Estas son sus prestaciones laborales

Las trabajadoras del hogar actualmente tienen derecho a condiciones laborales justas y acceso a prestaciones laborales

El Heraldo de Tabasco

  · sábado 30 de marzo de 2024

Mujer trabajadora del hogar haciendo su labor. Foto: Cortesía / Freepik

El Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar se celebra cada año el 30 de marzo desde 1988, con el propósito de reconocer y valorar el trabajo realizado en los hogares, principalmente por mujeres.

Esta fecha busca sensibilizar a la sociedad sobre las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar y promover acciones para garantizar sus derechos, incluyendo condiciones laborales justas, protección social y acceso a la seguridad y dignidad en el trabajo.

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El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), define a como trabajador doméstico a una persona que presta los servicios de aseo, asistencia y los relacionados con el hogar de una persona o familia a cambio de una remuneración.

Actualmente los empleadores de trabajadoras del hogar tienen responsabilidad social y están obligados a cumplir con ciertas obligaciones legales, entre ellas, la incorporación de las trabajadoras del hogar al Seguro Social.

Prestaciones laborales

La reforma a la Ley del Seguro Social hizo obligatorio que los empleadores garanticen el acceso a la seguridad social a las trabajadoras del hogar.

Esto significa que todas las personas que trabajen en el hogar de manera remunerada, ya sea de planta, de entrada, por salida o con varios patrones, tienen derecho a ser afiliadas al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y recibir los beneficios correspondientes.

Esta medida representa un avance significativo en la protección de los derechos laborales de las empleadas del hogar, reconociendo su contribución al funcionamiento de los hogares y asegurando que cuenten con la misma protección social que otros trabajadores.

Nuevo esquema de incorporación

El nuevo esquema de incorporación obligatoria busca promover el aseguramiento de las personas trabajadoras del hogar en condiciones preferentes, garantizando su acceso a la seguridad social y protegiendo sus derechos laborales.

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Características

El IMSS indica que los empleadores tienen la obligación de registrar a las personas trabajadoras del hogar en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) desde el inicio de la relación laboral. Este registro debe realizarse de manera individual y simultánea al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT).

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Beneficios para las trabajadoras del hogar

Las personas trabajadoras del hogar tienen derecho a los cinco seguros que la Ley del Seguro Social prevé, sin restricciones ni tiempos de espera:

  • Enfermedades y Maternidad: Cobertura médica y atención durante enfermedades y el período de maternidad.
  • Riesgos de Trabajo: Atención médica y compensación en caso de accidentes laborales o enfermedades relacionadas con el trabajo.
  • Invalidez y Vida: Pensión en caso de invalidez y beneficios para los beneficiarios en caso de fallecimiento.
  • Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez: Ahorro para el retiro y pensión al alcanzar la edad de jubilación.
  • Guarderías y Prestaciones Sociales: Acceso a guarderías para el cuidado de menores y actividades de esparcimiento.
  • Vivienda: Como persona trabajadora del hogar tienes derecho a que tu empleador realice el pago de las aportaciones al INFONAVIT. Esto te brinda la oportunidad de acceder a un ahorro que te permitirá optar por un crédito para adquirir una vivienda.

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Todo ello, garantiza que las personas trabajadoras del hogar tengan acceso a una protección social integral, sin restricciones, desde el momento en que se incorporen al régimen de seguridad social.